INFORME FINAL N° 77-10 MUNICIPALIDAD DE HUECHURABA, SOBRE AUDITORÍA A LOS MACROPROCESOS DESARROLLO COMUNITARIO REC. EN ADM-DICIEMBRE 2010 - Doctrina Administrativa - VLEX 565310554

INFORME FINAL N° 77-10 MUNICIPALIDAD DE HUECHURABA, SOBRE AUDITORÍA A LOS MACROPROCESOS DESARROLLO COMUNITARIO REC. EN ADM-DICIEMBRE 2010

Fecha de Resolución28 de Diciembre de 2010
EmisorMunicipalidades
ServicioMUNICIPALIDAD DE HUECHURABA 
Número de informe77/2010
Tipo de informeInforme Final de Auditoría
NivelCentral

Considerando la ausencia de respuesta por parte de la entidad edilicia al preinforme de observaciones, en el plazo concedido, procede confirmar todas las observaciones formuladas en su oportunidad, a saber:

  1. - Con respecto al capítulo 11, numeral 1.1, sobre contabilización errónea, esa municipalidad deberá efectuar el ajuste contable pertinente, para reflejar las multas por concepto de retrasos en la ejecución de las obras, de acuerdo al clasificador presupuestario, esto es, en la cuenta código 115-08-02, denominada "Multas y Sanciones Pecuniarias". Asimismo, deberá emitir el acta de recepción definitiva por el término de la reparación de los 4 establecimientos educacionales. Sobre el punto 1.2, corresponde que la Alcaldesa disponga un proceso disciplinario con el objeto de determinar las eventuales responsabilidades administrativas por el retiro del cielo raso en la Escuela Adelaida la Fetra, sin que se acreditara mediante un documento la acción realizada ni el destino de la estructura financiada por el municipio.

  2. - En relación a lo observado en el capítulo 111, numeral 1.3, letra a), se deberá publicar en el portal www.mercadopublico.cl los decretos rectificatorios de las compras directas allí aludidas. En lo concerniente a lo establecido en la letra b), del mismo punto, esa autoridad deberá suscribir el respectivo contrato y verificar que ello se materialice cada vez que proceda, en lo sucesivo. En relación con lo observado en los puntos 1.5, 3.3 Y 4.2, del citado capítulo, sobre visitas a terreno, la autoridad deberá disponer las medidas tendientes a regularizar las situaciones planteadas. Sobre los puntos 2.2, letra a) y 3.2, del capítulo 111, esa municipalidad deberá, en lo sucesivo, ajustarse a las...

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