INFORME FINAL N° 73, DE 2010, SOBRE AUDITORÍA A LOS MACROPROCESOS DE FONDOS EN ADMINISTRACIÓN, DESARROLLO COMUNITARIO Y GENERACIÓN Y OBTENCIÓN DE RECURSOS EN LA MUNICIPALIDAD DE PADRE HURTADO. - Doctrina Administrativa - VLEX 565309334

INFORME FINAL N° 73, DE 2010, SOBRE AUDITORÍA A LOS MACROPROCESOS DE FONDOS EN ADMINISTRACIÓN, DESARROLLO COMUNITARIO Y GENERACIÓN Y OBTENCIÓN DE RECURSOS EN LA MUNICIPALIDAD DE PADRE HURTADO.

Fecha de Resolución14 de Diciembre de 2010
EmisorMunicipalidades
ServicioMUNICIPALIDAD DE PADRE HURTADO 
Número de informe73/2010
Tipo de informeInforme Final de Auditoría
NivelCentral
  1. - Considerando la ausencia de respuesta por parte de la entidad edilicia al preinforme de observaciones, en el plazo concedido, procede confirmar todas las observaciones formuladas en su oportunidad.

  2. - En relación con el acápite 1, del presente informe, relativo a control interno, corresponde que la entidad edilicia disponga las medidas tendientes a regularizar las debilidades advertidas respecto de la carencia de un manual de procedimientos, que deberá ser establecido y aprobado formalmente, y ponderar el levantamiento de una matriz de riesgos, con el fin de detectar y mitigar los potenciales riesgos de los procesos internos. (V. letras b) y c). Asimismo, en relación con la observación de la letra c), corresponde que la dirección de control incluya en su planificación anual una evaluación al proceso de entrega de recursos relacionados con los programas de emergencIa.:

    En lo concerniente a la letra d), sobre sistemas de información, el municipio deberá resolver los problemas presentados en las bases de datos de las dependencias municipales de contabilidad y tesorería, entre otras, a fin de asegurar la confiabilidad e integridad de la información y, remitir oportunamente los informes contables a esta Contraloría General, en cumplimiento de los oficios N°s 60.921, de 2008, y 73.049, de 2009, ambos de este Organismo Fiscalizador. Respecto a la letra e), corresponde que esa entidad comunal apruebe formalmente y dé cumplimiento a los planes de capacitación del personal que elabora.:

  3. - En lo que se refiere al capítulo 11,sobre recursos en administración, numeral 3, letra a), aplicación de fondos en objetivos no autorizados por el Ministerio del Interior, esa entidad comunal deberá devolver los recursos a la entidad otorgante y efectuar la modificación presupuestaria que proceda, para solventar con recursos propios el costo de la obra.:

    Ese municipio deberá informar a esta Contraloría General, en el plazo de 30 días, sobre la restitución de los recursos a la citada cartera ministerial. En cuanto a la letra b), sobre falta de formalización en la entrega de mediaguas mediante el correspondiente decreto alcaldicio, esa entidad comunal deberá emitir tales actos, informado la regularización respectiva en el término de 10 días. Sobre el numeral 4, rendiciones de cuentas, el municipio deberá rendir al Ministerio del Interior el estado de ejecución del programa fondos para situaciones de emergencia transferidos desde el Ministerio del Interior.

  4. -...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR