INFORME FINAL N° 72, DE 2010, SOBRE AUDITORÍA A LOS MACROPROCESOS DE GENERACIÓN DE RECURSOS, RECURSOS EN ADMINISTRACIÓN Y DESARROLLO COMUNITARIO EN LA MUNICIPALIDAD DE SAN JOSÉ DE MAIPO.
Fecha de Resolución | 2 de Febrero de 2011 |
Emisor | Municipalidades |
Servicio | MUNICIPALIDAD DE SAN JOSE DE MAIPO |
Número de informe | 72/2010 |
Tipo de informe | Informe Final de Auditoría |
Nivel | Central |
Atendidas las consideraciones expuestas durante el desarrollo del presente trabajo, se concluye que la Municipalidad de San José de Maipo, en términos generales, se ha ajustado a los objetivos y procedimientos establecidos para hacer frente a la emergencia derivada del terremoto de 27 de febrero de 2010, sin perjuicio de las situaciones que se señalan a continuación:
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- Respecto de las observaciones planteadas en el acápite I "sobre control interno", se deberán implementar las medidas necesarias para resolver las falencias advertidas, lo cual será verificado en futuras fiscalizaciones a la entidad.
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- En relación con las observaciones formuladas en el título 11 "recursos en administración", fondos para situaciones de emergencia otorgados por el Ministerio del Interior, referidas a la ejecución de servicios contratados antes de la aprobación de la contratación directa; la falta de publicación en el portal mercado público de la resolución que ordenó el trato directo; la publicación en ese portal de una orden de compra que avala sólo el primer estado de pago de los servicios contratados; otras compras directas sin resolución fundada; y, la falta de rendición de los desembolsos conforme a la Resolución 759, de este Organismo, el municipio deberá dar cabal cumplimiento a lo dispuesto en la ley N° 19.886 Y su reglamento, y efectuar las rendiciones según la citada resolución, informando a esta Contraloría General en un plazo de 30 días contados desde la recepción del presente informe.
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- En cuanto a las observaciones establecidas en el capítulo 111 "otros programas de emergencia", punto 1.2, sobre la no distribución del total de los recursos provenientes del programa manos a la obra y 1.3, falta de rendición al Ministerio del Interior de las entregas a los beneficiarios y del reporte semanal a la Subsecretaría de Desarrollo Regional y Administrativo, la autoridad comunal deberá velar porque los recursos lleguen a los damnificados y realizar las rendiciones y reportes a las reparticiones pertinentes, informando de esto último, a este Organismo, en un plazo de 15 días hábiles.
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- En relación con las observaciones formuladas al programa Mejore su Vivienda, del mismo capítulo III , referidas a compras directas sin resolución fundada; recursos pendientes de entrega a los beneficiarios; materiales entregados según las fichas respectivas, pero que no han sido distribuidos a los beneficiados; y, diferencias sin aclarar entre el recuento físico de los...
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