Informe final n° 660-2017. levantamiento de información sobre controles establecidos por efe - Doctrina Administrativa - VLEX 841041282

Informe final n° 660-2017. levantamiento de información sobre controles establecidos por efe

Fecha11 Enero 2019
Número de informe660/2017
EmisorDepartamento de Medio Ambiente, Obras Públicas y Empresas

OBJETIVO

Efectuar un levantamiento de información sobre los controles establecidos por la empresa de los Ferrocarriles del Estado, en cuanto a la seguridad operática de la infraestructura ferroviaria en el transporte público de pasajeros, en el tramo Santiago – Chillán operado por su filial Tren Central, al 31 de julio de 2017, a fin de contar con un diagnostico relativo a la estructura de control que mantiene EFE en el marco del contrato de mandato que lo vincula con la filial.

CONCLUSIONES

1. EFE ha establecido la seguridad ferroviaria como un principio estratégico respecto del funcionamiento y ejecución de sus operaciones, mencionándola en la misión institucional y como eje central en la definición del plan estratégico y de inversiones.
En virtud del contrato de concesión celebrado por EFE con su empresa filial Tren Central, esta tiene derecho a explotar comercialmente el servicio de transporte de pasajeros en las vías férreas e infraestructura de la primera, en el tramo referido, y a la administración de dichos bienes. A su turno, en otro contrato, las partes regularon los términos y condiciones conforme los cuales EFE prestaría los servicios integrales de administración de tráfico ferroviario y mantenimiento de infraestructura de su propiedad, posibilitando la circulación de trenes de la empresa filial, como concesionaria del derecho de explotación del servicio de transporte público de pasajeros. Asimismo, EFE mandató a Tren Central, para asumir y desarrollar en el sector concesionado, todos los actos, acciones y demás actividades necesarias para efectos de administrar el tráfico ferroviario y para administrar y mantener la infraestructura ferroviaria de su propiedad, a fin de dar cumplimiento a las obligaciones que aquella asumió contractualmente con los porteadores de carga y pasajeros que operan en el sector concesionado.
En virtud de tal mandato, Tren Central asumió las labores de administración y mantenimiento de la infraestructura de la Empresa de los Ferrocarriles del Estado a través de la gestión y administración de los convenios que esta celebró con terceros, denominados Contrato de Provisión de Infraestructura Ferroviaria, CPIF y Contrato de Provisión de Sistemas de Señalización, Electrificación y Comunicaciones, SEC, sin perjuicio de que conforme se convino en aquél, EFE esté facultada para elaborar y desarrollar instrumentos, normativa y demás acciones necesarias con la finalidad de asegurar el ejercicio de las funciones entregadas a la...

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