Informe final n° 642 2023 servicio nacional de protección especializada a la niñez y adolescencia auditoría a los procesos y controles de la ejecución del programa diagnóstico ambulatorio y del programa especializado en maltrato año 2022.oct.23 - Doctrina Administrativa - VLEX 950956194

Informe final n° 642 2023 servicio nacional de protección especializada a la niñez y adolescencia auditoría a los procesos y controles de la ejecución del programa diagnóstico ambulatorio y del programa especializado en maltrato año 2022.oct.23

Fecha17 Octubre 2023
Número de informe642/2023
EmisorRegional Coquimbo

OBJETIVO

Efectuar una auditoría a los procesos y controles realizados por la Dirección Regional de Coquimbo del Servicio Nacional de Protección Especializada a la Niñez y Adolescencia específicamente en lo relativo a la ejecución del Programa Diagnóstico Ambulatorio (DAM) y del Programa de Protección Especializada en Maltrato y abuso sexual infantil (PRM), a través de los Organismos Colaboradores Acreditados (OCAs), en el período comprendido entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2022.

CONCLUSIONES

Se verificó la falta de un procedimiento formal para la estimación de la demanda y determinación de la oferta de cupos para atención especializada de niños, niñas y adolescentes -NNA- en la Dirección Regional de Coquimbo del Servicio Nacional de Protección Especializada a la Niñez y Adolescencia, que precise y detalle la participación de los directores regionales en el respectivo territorio, lo que no se ajusta a lo dispuesto en el artículo , letra l) de la ley N° 21.302, por lo que la Dirección Regional Coquimbo, deberá establecer en coordinación con la Dirección Nacional un procedimiento formalizado que defina y evalúe la oferta y demanda de los programas bajo su cobertura, tendientes a garantizar la existencia suficiente de oferta de las distintas líneas de acción y programas de protección especializada.

Se constató que no existe un eficiente control y supervisión por parte del servicio fiscalizado con respecto al resguardo de los expedientes de los NNA por parte de los OCAs, dado que en las validaciones en terreno efectuadas en dependencia del centro Lucumillo, se verificó el almacenamiento en el patio exterior del recinto de archivadores y carpetas que contenían los egresos, pericias e información personal de NNA, tapadas con nylon, en cajas de cartón y bolsas de basura, pertenecientes al DAM Copao. Lo descrito implica una vulneración al artículo 33 de la ley N° 21.430, sobre Garantías y Protección Integral de los derechos de la niñez y adolescencia, en el cual se establece el derecho a la vida privada y a la protección de datos personales, señalando que los niños, niñas y adolescentes tienen derecho a la protección de sus datos personales, así como a impedir su tratamiento o cesión, según lo establecido en la legislación vigente.

En virtud de lo anterior, considerando la información sensible contenida en dichos expedientes, esa repartición deberá instruir un procedimiento disciplinario tendiente a determinar las eventuales responsabilidades...

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