Informe final n° 638-18 sobre auditoría a las transferencias efectuadas por la dirección regional de la junji a entidades colaboradoras por el periodo 2017-diciembre 2018 - Doctrina Administrativa - VLEX 840030370

Informe final n° 638-18 sobre auditoría a las transferencias efectuadas por la dirección regional de la junji a entidades colaboradoras por el periodo 2017-diciembre 2018

Fecha17 Diciembre 2018
Número de informe638/2018
EmisorRegional Coquimbo

OBJETIVO

La fiscalización tuvo por objetivo realizar una auditoría a las transferencias efectuadas a las entidades colaboradoras de la JUNJI, en el periodo comprendido entre el 1 de enero al 31 de diciembre de 2017.
La finalidad de la revisión es constatar que los gastos asociados a las transferencias se hayan realizado conforme a la normativa vigente, como también verificar que las acciones llevadas a cabo hayan permitido el mejoramiento de las condiciones de vida de los niños, niñas, tanto en la modalidad Vía Transferencia de Fondos, VTF, como de administración directa.

CONCLUSIONES

1. Se detectó que los jardines VTF administrados por las municipalidades de Andacollo, Combarbalá, Illapel, Los Vilos, Monte Patria, Ovalle, Paihuano, Salamánca y Vicuña, y aquellos pertenecientes al SLEP Puerto Cordillera y la Corporación Gabriel González Videla, no reintegraron a la JUNJI lo recuperado por licencias médicas recuperadas ante los organismos de salud, determinándose una cifra aproximada de $445.968.413, vulnerando lo dispuesto en los artículos , y de la ley N° 18.575, por lo que ese servicio deberá coordinar y adoptar las medidas que el ordenamiento jurídico le provea con la finalidad de exigir a las entidades administradoras el reintegro de los fondos recuperados por licencias médicas, resultados de los que deberá informar documentadamente en un plazo de 60 días hábiles.

2. En relación con las visitas efectuadas a los jardines infantiles, se comprobó que en los establecimientos Corazones Mágicos, Colonial y Las Hormiguitas, carecen del número adecuado de educadoras y/o técnicos , contraviniendo el numeral VII.6,
Coeficientes técnicos del personal, de la resolución exenta N° 015/00802, de 2016, de la JUNJI, que aprueba nuevo texto refundido del Manual del Programa de Transferencia de Fondos, el que dispone que "Los establecimientos que impartan
educación parvularia deberán contar con el personal docente directivo, profesional,técnico pedagógico, de aula y auxiliar". Por consiguiente, la JUNJI deberá coordinar con el Servicio Local Puerto Cordillera y la Municipalidad de Canela, a fin que esas entidades dispongan de la cantidad de funcionarios que establece la norma, debiendo informar el resultado de las medidas adoptadas en un plazo de 60 días hábiles.
De igual forma, entre los insumos faltantes que se detectaron, cabe expresar que los jardines infantiles Corazón Mágico, Intercultural y Campanita, no cuentan con el mobiliario y equipamiento acorde a...

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