Informe final n° 629-2022 servicio nacional de pesca y acuicultura auditoría al proceso de fiscalización de la actividad acuicola de cultivo de moluscos-marzo 23 - Doctrina Administrativa - VLEX 939777709

Informe final n° 629-2022 servicio nacional de pesca y acuicultura auditoría al proceso de fiscalización de la actividad acuicola de cultivo de moluscos-marzo 23

Número de informe629/2022
Fecha01 Marzo 2023
EmisorDepartamento de Medio Ambiente, Obras Públicas y Empresas

OBJETIVO

Auditar el proceso de fiscalización de los aspectos operacionales y ambientales de la actividad acuícola de cultivo de moluscos, por parte del Servicio Nacional de Pesca y Acuicultura, SERNAPESCA, en las regiones de Los Ríos y Los Lagos, en el período comprendido entre el 1 de enero de 2020 y el 31 de diciembre de 2021.

La revisión tuvo por finalidad examinar que el proceso de fiscalización por parte de esa entidad se ha realizado conforme a la normativa vigente. Asimismo, comprobar si esa entidad se coordinó con otros órganos de la Administración del Estado, competentes en dicha materia.

CONCLUSIONES

Principales resultados:

• Se advirtió que la entidad auditada no cuenta con un procedimiento específico en materia de acuicultura de moluscos, que oriente y defina los aspectos que deberán ser abordadas en su fiscalización. Por ejemplo, cómo se debe estimar la sobreproducción, condiciones de operación versus las aprobadas en los proyectos técnicos y/o resoluciones de calificación ambiental y contingencias, entre otros, lo que no armoniza con lo establecido en los numerales 43 y 45 de la entonces vigente resolución exenta N° 1.485, de 1996, de este origen.

Por ello, el servicio deberá informar el resultado de la revisión de los procedimientos comprometidos en su respuesta, vinculados a la fiscalización de los centros de cultivo de moluscos. Asimismo, deberá remitir la formalización de los procedimientos y/o instructivos que abordarán las materias relacionadas con esta actividad, así como su comunicación a la organización, en el plazo de 60 días hábiles, contado desde la recepción del presente informe final.

• Se verificó que, de 877 centros que debían contar con su Información Ambiental -INFA-, en 547 de ellos le correspondía su elaboración al SERNAPESCA, en tanto que 330 debían elaborarla por cuenta propia los titulares. Respecto al primer grupo, se advirtió que solo 8 centros que debían elaborar su INFA bajo responsabilidad del SERNAPESCA presentaron dicho antecedente. Además, se constató que algunos de ellos no cuentan con INFA desde el año 2005 aproximadamente, pese a encontrarse en operación.

En relación con lo anterior , se corroboró que las leyes de Presupuesto del Sector Público para los años 2020 y 2021 respectivamente, contemplaron recursos para la elaboración de la INFA relacionada con los centros de cultivo de acuicultura, de acuerdo con el artículo 122 bis de la Ley General de Pesca y Acuicultura, y la entidad auditada informó a la...

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