Informe final n° 504, de 2018, sobre auditoría al proceso de supervigilancia y fiscalización de organizaciones deportivas y a los recursos transferidos a estas, efectuadas por el instituto nacional de deportes. - Doctrina Administrativa - VLEX 840027426

Informe final n° 504, de 2018, sobre auditoría al proceso de supervigilancia y fiscalización de organizaciones deportivas y a los recursos transferidos a estas, efectuadas por el instituto nacional de deportes.

Fecha26 Octubre 2018
Número de informe504/2018
EmisorII Contraloría Regional Metropolitana de Santiago

OBJETIVO La fiscalización tuvo por objeto verificar el cumplimiento de las funciones que le competen al Instituto Nacional de Deportes, IND, en cuanto a su labor de supervigilancia y fiscalización de las organizaciones deportivas, acorde a lo dispuesto en el artículo 14 de la ley N° 19.712. Asimismo, realizar un examen de cuentas a los recursos transferidos a dichas entidades, durante el período comprendido entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2017.
CONCLUSIONES • Se evidenció que el proceso de supervigilancia que efectúa el IND a las organizaciones deportivas –en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 14 de la Ley del Deporte-, tiene un periodo de ejecución que, en promedio, alcanza los 450 días corridos, esto es, aproximadamente 15 meses, por lo que el IND deberá concluir la elaboración del procedimiento de supervigilancia y aprobarlo formalmente, así como efectuar el estudio y propuesta de modificación de la ley N° 19.712 y del decreto N° 59, de 2002, del Ministerio Secretaría General de Gobierno, según lo comprometido en su respuesta, remitiendo copia por una parte del documento ya finalizado y sancionado y, por otra, informando el avance o etapa en que se encuentra la proposición que reforma de las aludidas normativas, en el plazo de 60 días hábiles contado desde la recepción del presente documento.
No obstante lo anterior, cabe recordar que la normativa actual, en especial, el inciso cuarto del artículo 40 J de la citada ley, faculta al IND, para que en el caso de aquellas Federaciones Deportivas Nacionales, FDN, que se encuentren inhabilitadas para recibir recursos del Instituto por una causal establecida en la ley o en sus reglamentos, puedan ser sometidas a la administración externa de dichos recursos por resolución fundada del Director Nacional del Instituto.

• Se verificó que al 31 de diciembre de 2017 aparecían 19.574 entidades en estado de no vigente en el registro de organizaciones deportivas del IND, vale decir, con su directorio vencido y sin informar sobre su renovación. De dichos registros, un 92% corresponde a vencimientos de su respectiva directiva entre los años 1968 y 2016, representando una deficiencia en el cumplimiento de la función de supervigilancia y fiscalización, por lo que el servicio auditado deberá dar cumplimiento a lo comprometido, creando e implementando los procedimientos respectivos, en cuanto a eliminar aquellas organizaciones deportivas que no cumplan con los requisitos legales de existencia y debido
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