Informe final nº 395-2020 intendencia de la región de aysén del general carlos ibáñez del campo sobre segunda etapa de ejecución del programa alimentos para chile abril-21 - Doctrina Administrativa - VLEX 909052557

Informe final nº 395-2020 intendencia de la región de aysén del general carlos ibáñez del campo sobre segunda etapa de ejecución del programa alimentos para chile abril-21

Fecha01 Abril 2021
Número de informe395/2020
EmisorRegional Aysén

OBJETIVO

Efectuar una auditoría y examen de cuentas a la adquisición y distribución de canastas de alimentos y otros, realizada por la Intendencia Regional de Aysén del General Carlos Ibáñez del Campo durante 2020, en el marco de la segunda etapa del programa “Alimentos para Chile” creado para ir en ayuda de las familias más vulnerables que producto de la pandemia por COVID-19 han visto afectadas sus fuentes de ingresos.
La revisión tendrá como propósito verificar si las adquisiciones de alimentos y servicios relacionados al antes referido programa y los gastos asociados a ellos se ajustaron a las disposiciones normativas vigentes en lo referente, entre otros aspectos, al principio de legalidad del gasto, a la acreditación, contabilización de los mismos, resguardando los principios de eficiencia, eficacia y economicidad.
Asimismo, se constatará la correcta entrega de los productos a los beneficiarios, que éstos cumplan con los requisitos para acceder a los mismos y si el proceso de selección fue objetivo.
Finalmente, la auditoria incluyo el análisis de denuncias individualizadas con los ingresos Nos W17606 y W24027, ambas de 2020.

CONCLUSIONES

- Se corroboró que, mediante la resolución exenta N° 1.087, de 4 de agosto 2020, la Intendencia de la Región de Aysén del General Carlos Ibáñez del Campo procedió a efectuar la compra de 7.920 unidades de canastas de alimentos, mediante la modalidad de trato directo al proveedor Sociedad de Servicios de Alimentación S.A., por un monto de $ 430.056.000, equivalente a 8.657,74 Unidades Tributarias Mensuales, UTM, calculadas de acuerdo con el procedimiento establecido en el artículo 5° de la resolución N° 7, de 2019, de la Contraloría General de la República, sin que a la fecha de emisión del oficio N° E35486, de 11 de septiembre 2020, que comunicaba los resultados preliminares, hubiese sido recepcionado por esta Sede Regional, el acto administrativo correspondiente para su control de legalidad, no obstante la distribución de los bienes y servicios ya se encontraba finalizado, por lo que esa entidad deberá en un plazo de 60 días hábiles contados desde el día siguiente a la recepción del presente oficio, lo anterior sin perjuicio de aquellos alcances que a partir del estudio de juridicidad formule este Organismo Fiscalizador.
- Se constató la existencia de 926 beneficiarios que recibieron la canasta de mercaderías, quienes -según el análisis realizado- se encuentran en los tramos de calificación socioeconómica del 80%...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR