Informe final n 357-2020 Municipalidad de la reina sobre auditoría a los gastos efectuados con cargo al subtítulo 31, item 02 proyectos, asignación 002 consultorías diciembre-2020 - Doctrina Administrativa - VLEX 909052567

Informe final n 357-2020 Municipalidad de la reina sobre auditoría a los gastos efectuados con cargo al subtítulo 31, item 02 proyectos, asignación 002 consultorías diciembre-2020

Fecha29 Diciembre 2020
Número de informe357/2020
EmisorI Contraloría Regional Metropolitana de Santiago

OBJETIVO La revisión tuvo por objeto efectuar una auditoría a los gastos efectuados con cargo al subtitulo 31, particularmente al ítem 02 Proyectos, asignación 002 Consultorías, por parte de la Municipalidad de La Reina, en el marco de los “Proyectos de Inversión en Infraestructura”, en el período comprendido entre el 01 de enero y el 31 de diciembre de 2019.
Lo anterior, con la finalidad de verificar si la aludida municipalidad estableció medidas de monitoreo y control relacionadas con la contratación de los servicios adquiridos, como también verificar si cumplió la normativa vigente sobre la materia
y, finalmente, revisar si las transacciones se encuentran debidamente documentadas, sus cálculos son exactos y están adecuadamente registrados.
CONCLUSIONES En la revisión realizada, se identificó que en el marco de la licitación del contrato de “Servicios de Mantención, Reparación y Conservación de Semáforos ID: 2699-26-LR15”, las propuestas de los oferentes fueron evaluadas por el municipio consignando el resultado de dicha evaluación en un anexo de evaluación de antecedentes propuesta pública, no obstante, dicho documento no fue suscrito por funcionario identificable. En efecto, en el precitado instrumento no se consignaron las firmas de los profesionales municipales que dan fe del proceso de evaluación llevado a cabo. Al respecto, esa municipalidad deberá adoptar las medidas pertinentes para asegurar que en el futuro no se repitan hechos como los descritos.
A su vez, del examen del acta de evaluación de ofertas de la misma licitación mencionada anteriormente, se advirtió que el procedimiento realizado por la municipalidad no se ajustó a lo dispuesto en numeral N° 4, “De las propuestas, su apertura y adjudicación”, acápite 4.7, “Metodología y evaluación de la propuesta”, de las bases administrativas. Con todo, se identificó que, a la fecha de la señalada evaluación, existían datos de precios en el portal de compras públicas, circunstancia que permitía realizar el análisis exigido. El municipio deberá adoptar las acciones necesarias para impedir la ocurrencia de la situación anteriormente
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