Informe final n° 340 de 2019 agencia chilena de cooperación internacional para el desarrollo - Doctrina Administrativa - VLEX 820957153

Informe final n° 340 de 2019 agencia chilena de cooperación internacional para el desarrollo

Fecha27 Junio 2019
Número de informe340/2019
EmisorDepartamento de FFAA, Seguridad, Presidencia, Hacienda y RREE

OBJETIVO

La auditoría tuvo por finalidad verificar que las operaciones del "Proyecto de Asistencia Técnica para el Desarrollo de Energía Geotérmica Sostenible", administrado por la Agencia Chilena de Cooperación Internacional para el Desarrollo, y ejecutado por la Subsecretaría de Energía, durante el período comprendido entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2018, financiadas con recursos del convenio de donación N° TF OA3726, suscrito entre el Banco Internacional de Reconstrucción y Fomento o Banco Mundial y la AGCID; y con aportes del Gobierno de Chile, se hayan ajustado a la normativa legal aplicable en la materia y a lo previsto en las cláusulas del aludido convenio de donación, y del convenio específico de cooperación celebrado entre la AGCID y la referida 'Subsecretaría.

CONCLUSIONES

• Se comprobó la existencia de falencias de control interno asociadas a la supervisión ejercida por la AGCID respecto de la presentación y aprobación de las rendiciones de cuentas del Aporte Nacional Valorado remitidas por la Subsecretaría de Energía. Asimismo, se determinó la inclusión parcial del referido aporte en los estados financieros del proyecto al 31 de diciembre de 2018. En relación con ambos aspectos, la Agencia deberá adoptar las medidas que le permitan coordinar con el organismo ejecutor mecanismos para asegurar la oportuna rendición del mencionado aporte y su posterior revisión, aprobación y contabilización, con el objeto de incorporarlo en los estados financieros, de lo cual deberá informar en un plazo máximo de 60 días hábiles, contado desde la recepción del presente informe final.
• Se constató la falta de oportunidad en la emisión de la Certificación Financiera de las rendiciones del Aporte Nacional Valorado del Ministerio de Energía por parte de la AGCID. Sobre la materia, la Agencia deberá acreditar la ejecución de las acciones comprometidas en su respuesta, consistentes en la creación del área financiera de los fondos en administración y de los procedimientos relacionados con plazos y procesos para la emisión de la certificación financiera. Ello, dentro del plazo de 60 días hábiles, contados desde la recepción del presente informe final.
• Se verificó la existencia de indicadores que contienen los objetivos del proyecto, sin embargo, no se ha definido una metodología para monitorear el grado de avance de estos. Al respecto, la AGCID deberá...

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