Informe final de investigación especial n°712, de 2023, efectuada al proyecto “habilitación modular cesfam campanario, primera etapa”, ejecutado por la Municipalidad de yungay noviembre-2023 - Doctrina Administrativa - VLEX 972499362

Informe final de investigación especial n°712, de 2023, efectuada al proyecto “habilitación modular cesfam campanario, primera etapa”, ejecutado por la Municipalidad de yungay noviembre-2023

Fecha23 Noviembre 2023
Número de informe712/2023
EmisorRegional Ñuble

OBJETIVO

La fiscalización tuvo por finalidad verificar el estado de las obras correspondientes al proyecto “Habilitación modular CESFAM Campanario, primera etapa” y que su ejecución haya dado cumplimiento a las exigencias establecidas en las bases administrativas y especificaciones técnicas, además de cumplir con la finalidad de disponer de instalaciones de apoyo para la atención de usuarios, dando continuidad a las prestaciones de salud de la población de Campanario y sus alrededores.

CONCLUSIONES

Se constató el pago de partidas no ejecutadas, en forma total o parcial, por un monto ascendente a $16.082.127, de acuerdo a las exigencias establecidas en las especificaciones técnicas del contrato, lo que no se aviene con el principio de legalidad del gasto que rige la gestión de los órganos del Estado, consagrado en los artículos , y 100 de la Constitución Política; 2° y 5°, de la ley N°18.575; 56 de la ley N°10.336; y, en el decreto ley N°1.263, de 1975, así como en las leyes anuales de presupuestos, por lo que la entidad comunal deberá remitir los antecedentes de respaldo que permitan verificar la ejecución de la totalidad de las partidas pendientes o, en su defecto, el cobro e ingreso de los montos pagados por estos conceptos, en un plazo de 30 días hábiles, vencido el cual, sin que se haya aclarado o bien que la aclaración sea insuficiente, se formulará el reparo pertinente, en virtud de lo prescrito en los artículos 95 y siguientes de la ley N°10.336, sin perjuicio de lo indicado en su artículo 116.

Se verificó que el contrato fue adjudicado mediante trato directo, fundado en la emergencia generada por el incendio del CESFAM de Campanario, con la finalidad de no afectar la continuidad en la atención de salud de la población del sector y sus alrededores, sin embargo, a la fecha de la fiscalización, los módulos se encontraban abandonados, sin uso y en deficientes condiciones de mantención y resguardo por parte de la municipalidad, incumpliéndose la finalidad y los objetivos de la forma de contratación utilizada, lo que constituye una contravención a los principios de eficiencia, eficacia y control estipulados en...

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