Informe final de investigación especial n° 298, de 2017, gobierno regional de aysén sobre fondos por alimentación y alojamiento equivalente a viático entregados a integrantes del core septiembre -2017 - Doctrina Administrativa - VLEX 840314739

Informe final de investigación especial n° 298, de 2017, gobierno regional de aysén sobre fondos por alimentación y alojamiento equivalente a viático entregados a integrantes del core septiembre -2017

Fecha15 Septiembre 2017
Número de informe298/2017
EmisorRegional Aysén

OBJETIVO El trabajo efectuado tuvo como finalidad atender una denuncia del Diputado señor David Sandoval Plaza, con el propósito de examinar el gasto en alimentación y alojamiento equivalente a viático, en que incurrieron los integrantes del Consejo Regional de Aysén del General Carlos Ibáñez del Campo, durante los años 2014, 2015 y 2016, contrastando aquella información con la que le fuera entregada en su oportunidad al parlamentario precitado.
CONCLUSIONES Atendidas las consideraciones expuestas durante el desarrollo del presente informe, cabe concluir que el GORE Aysén aportó antecedentes que permiten levantar las observaciones contenidas en el Capítulo II, Examen de la Materia Investigada, numerales 1, sobre registro extemporáneo del devengado y 2, sobre falta del certificado de disponibilidad presupuestaria para los cometidos fuera de la región, pero dentro del territorio nacional, y en el Capítulo III, Examen de Cuentas, numeral 1, sobre diferencias entre la información proporcionada al Diputado señor David Sandoval Plaza y a esta Contraloría Regional.
En relación con la observación contenida en el numeral 2 del Capítulo III, Examen de Cuentas, sobre ausencia de informes de cometidos, se da por subsanada la observación respecto los 25 informes cuyas copias fueron enviadas por el servicio.
1. En relación con las siguientes observaciones que se mantienen, esa entidad deberá remitir los antecedentes que aclaren o sustenten las operaciones realizadas en cada caso, o acreditar el reintegro pertinente de las sumas comprometidas, dentro del plazo de 30 días hábiles, contado desde la recepción del presente Informe Final, bajo apercibimiento que, si así no lo hiciere, en virtud de lo prescrito en los artículos 95 y 101 de la ley No 10.336, de Organización y Atribuciones de la Contraloría General de la República, esta Contraloría formulará el reparo respectivo, sin perjuicio de la aplicación del artículo 116 de la misma ley:
1.1. Enviar los informes de cometido que respaldan los egresos Nos 1.106, de 2015, en lo que respecta al cometido en la localidad de Osorno, y 1.922, 1.932, 2.002, 2.099 y 2.195, todos de 2016, bajo apercibimiento de formularse el correspondiente reparo por $ 2.567.623, según lo indicado en el Capítulo III, Examen de Cuentas, numeral 2 . (AC)
1.2. Acreditar que la participación de los consejeros regionales en la actividad que se indica en el Capítulo III, Examen de Cuentas, numeral 3, guardaba relación con las materias que permiten el
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