Informe final de investigación especial 828-17 servicio nacional de pesca y acuicultura sobre presuntas irregularidades - noviembre 2017 - Doctrina Administrativa - VLEX 840026716

Informe final de investigación especial 828-17 servicio nacional de pesca y acuicultura sobre presuntas irregularidades - noviembre 2017

Fecha13 Noviembre 2017
Número de informe828/2017
EmisorRegional Valparaíso

OBJETIVO

Investigar las materias expuestas por una persona que solicitó reserva de su identidad, quien denuncia presuntas irregularidades en el proyecto denominado "Desarrollo del valor público mediante un sistema de gestión de la innovación en el Servicio Nacional de Pesca y Acuicultura", cofinanciado por el Servicio Nacional de Pesca y Acuicultura (SERNAPESCA) y la Corporación, de Fomento de la Producción (CORFO), a través del Comité Innova Chile.

CONCLUSIONES

1°) Los comprobantes de tesorería IDs 12.362 y 12.367, ambos de 2017, a través de los cuales el SERNAPESCA pagó a Plataforma Áurea Consultores Asociados Ltda. las facturas N°s 114 y 115, de 2016, por las sumas de $ 9.000.000 y $ 4.500.000, respectivamente, no acompañan los antecedentes que acrediten la realización de las actividades N°s 10 y 12, estipuladas en la cláusula tercera del contrato de consultoría celebrado entre esas partes, lo que no se aviene con lo dispuesto en los artículos , letra c), y 10, de la resolución N° 30, de 2015, de la Contraloría General, documentación que deberá ser remitida a esta Sede de Control, en el plazo de 30 días hábiles contados desde la recepción del presente informe final, o de lo contrario, adoptar las medidas necesarias para obtener el reintegro de los dineros pagados a esa consultora por actividades que no se llevaron a cabo, lo que será verificado en la visita de seguimiento.

2°) El servicio no realizó concursos para seleccionar a los participantes de diversas acciones de capacitación de perfeccionamiento realizadas entre los años 2014 y 2017, contraviniendo lo dispuesto en el artículo 27 de la ley N° 18.834, y lo manifestado por esta Entidad de Control en los dictámenes N°s 53.851, de 2008, y 43.291, de 2014, entre otros, por lo que esa entidad, en lo sucesivo, deberá dar estricto cumplimiento a dicha normativa.

3°) El SERNAPESCA, por medio de las resoluciones exentas N°s 11.502 y 11.741, de 14 y 16 de diciembre de 2016, respectivamente, y 181, de 20 de enero de 2017, aprobó tres tratos directos con la empresa Diseñadores Sergio Valenzuela Rodríguez E.I.R.L., por la compra de mobiliario para el casino institucional, por la suma de $ 4.091.815, invocando la causal prevista en el N° 7, letra j), del artículo 10 del decreto N° 250, de 2004, del Ministerio de Hacienda, lo que le permitió eludir el procedimiento previsto en el numeral 7.1.3.1 de su Manual de Abastecimiento, el cual establece que dicha causal sólo podrá ser utilizada por montos inferiores o...

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