Informe final de investigación especial 1017 - 17 Municipalidad de paredones presuntas irregularidades en los gastos efectuados en los programas de emergencia de mejoramiento de espacios públicos sector paredones sur y reposición sistema de abastecimento de agua localidad rural sector sur - diciembre 2017 - Doctrina Administrativa - VLEX 840025672

Informe final de investigación especial 1017 - 17 Municipalidad de paredones presuntas irregularidades en los gastos efectuados en los programas de emergencia de mejoramiento de espacios públicos sector paredones sur y reposición sistema de abastecimento de agua localidad rural sector sur - diciembre 2017

Fecha29 Diciembre 2017
Número de informe1017/2017
EmisorRegional Lib. Bernardo O'Higgins

OBJETIVO

Dar respuesta a la presentación de los concejales de la comuna de Paredones, doña Zarella Silva Catalán, y señores Luis Navarro López, José Castro Boza, Johnny Cornejo Ordenes y Gerardo Rubio Contreras, quienes solicitaron que se investigue una presunta malversación de fondos en los proyectos de emergencia que señalan y en la contratación del señor Salvatore Urzúa Canales como supervisor para el proyecto de emergencia de Mejoramiento de Espacios Públicos Sector Sur de Paredones, como asimismo sobre eventuales cobros a beneficiarios por uso de máquina retroexcavadora asociada al mismo programa de emergencia.

CONCLUSIONES

• Se comprobó que no se dio cumplimiento al horario establecido en el contrato de trabajo celebrado entre la Municipalidad de Paredones y Salvatore Urzúa Canales. Asimismo, se constató que su registro horario se efectuó a través de su rúbrica en un libro establecido para el efecto y que ejecutó sus labores en un horario distinto al registrado. Dado que se trata de una situación consolidada corresponde a esa entidad fortalecer los procedimientos de control sobre registro y supervisión del cumplimiento de la jornada, con el objeto de mitigar el potencial riesgo de que se cursen pagos por trabajos no ejecutados y evitar la reiteración de situaciones como las representadas.

Adicionalmente, cabe recordar que aún en condiciones de calamidad pública, los municipios y funcionarios intervinientes se encuentran en el imperativo de dar cumplimiento a los principios de juridicidad y probidad, consagrados en los artículos , y de la Constitución Política de la República (aplica dictámenes Nos 1.150, de 2013, y 3.000, de 2017, ambos de esta Contraloría General).

• Se determinó que a los señores Andrés Martínez, Elías Acevedo y Enrique Díaz no existió cobro por parte del operario de la máquina retroexcavadora, en lo que respecta a don José Canales, este no fue habido en su domicilio. En atención a que los presuntos afectados declararon no haber pagado por servicios de la retroexcavadora y a otras personas de la comuna que concuerdan con aquello se desestima lo denunciado por los Concejales.

• Se comprobó que mediante el decreto de pago N°487, de 2017, se solucionó al proveedor Patricio Guerra Rojo, los servicios de arriendo de máquina retroexcavadora y camión para el retiro de escombros y diversos materiales que se encuentren en la vía pública, asociado al Proyecto de...

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