Informe final de investigación especial 489-19 hospital san martín de quillota sobre presuntas irregularidades - agosto 2019 - Doctrina Administrativa - VLEX 829245785

Informe final de investigación especial 489-19 hospital san martín de quillota sobre presuntas irregularidades - agosto 2019

Fecha26 Agosto 2019
Número de informe489/2019
EmisorRegional Valparaíso

OBJETIVO

Investigar las materias expuestas por una persona que solicitó reserva de su identidad, quien denuncia diversas situaciones, a su juicio irregulares, ocurridas en el Hospital San Martín de Quillota (HSMQ), relacionadas con inhabilidades de ingreso, discriminación a funcionarias, contrataciones a honorarios y concursos para proveer cargos, cumplimiento de jornada laboral, y recuperación de licencias médicas rechazadas.

CONCLUSIONES

• El HSMQ suscribió diversos contratos a honorarios con don , uno de ellos en el año 2017, como Técnico Eléctrico en Mantención y tres en el año 2018, como Ingeniero de Ejecución en Conectividad y Redes, constatándose que en el del año 2017 no se indicaron, en términos específicos, las labores que debía efectuar ese profesional, mientras que la mayoría de las que se consignaron en los convenios de 2018, corresponden a labores de responsabilidad y representación del hospital, lo cual no se ajustó a lo preceptuado en el artículo 2° de la ley N° 18.834, por lo que esa entidad deberá ajustar sus procedimientos a fin de que, en lo sucesivo, las funciones que son propias del servicio sean ejecutadas o supervisadas y visadas por personal de esa entidad con responsabilidad administrativa.

• El hospital no verificó que las labores indicadas en los informes mensuales de actividades, presentados por el señor en virtud de los convenios, tanto de 2017 como de 2018, eran genéricas y repetitivas, por lo que deberá emitir un informe fundado en el cual justifique la efectiva realización de las labores contratadas a ese servidor, en un plazo de 30 días hábiles contados desde la recepción del presente informe o, de lo contrario, deberá solicitar el pertinente reintegro, en cuyo caso, su cumplimiento será verificado en un seguimiento formulado para dicho propósito.

• Ninguno de los contratos a honorarios suscrito entre el HSMQ y el señor contempló el pago de trabajos extraordinarios, no obstante, igualmente se le pagó un total de $2.558.458 por ese concepto, advirtiéndose, además, una diferencia de $5.018.317 entre los montos convenidos y los realmente pagados en todo el período de revisión, originándose un saldo a favor del servidor por la suma de $2.459.859, lo que contraviene lo previsto en el artículo 11 de la ley N° 18.834 y jurisprudencia de este Organismo de Control, por lo que esa entidad deberá arbitrar las medidas para enterar al servidor los montos adeudados, en un plazo de 30 días hábiles, contado desde la recepción del...

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