Informe final de auditoría n°681-2022 secretaria regional ministerial de obras públicas de la región de la araucanía, sobre auditoría al sistema de control interno asociado al uso y custodia de bienes de uso-diciembre-2022.
Número de informe | 681/2022 |
Fecha | 23 Diciembre 2022 |
Emisor | Regional Araucanía |
Efectuar una auditoría al funcionamiento del
sistema de control interno asociado al uso y custodia de bienes de uso, durante el
periodo comprendido entre 1 de julio y 31 de diciembre de 2021 en la SEREMI de
Obras Públicas de la Región de La Araucanía. Adicionalmente, se revisó el fondo a
rendir utilizado para pago de compras menores.
Atendidas las consideraciones expuestas durante el desarrollo del presente trabajo, la Secretaría Regional Ministerial de Obras
Públicas de La Araucanía, ha aportado antecedentes de las situaciones planteadas en el Preinforme de Observaciones N° 681, de 2022, de esta Contraloría Regional.
Es así, que respecto de aquellas observaciones que se mantienen, se deberán adoptar las medidas pertinentes con el objeto de dar estricto cumplimiento a las normas legales y reglamentarias que las rigen, entre las cuales se estima necesario, a lo menos, considerar las siguientes:
1. Respecto de lo observado en los numerales 1.1, falta de realización de inventarios en forma periódica (MC), 2, falta de revisión y actualización de las planchetas murales del inventario (MC), 3.a, bienes sin placa o etiqueta de identificación (MC), 3.b, bienes trasladados no incluidos en las planchetas murales (MC), y 6, bienes no encontrados (MC), dicha entidad deberá
adoptar las medidas necesarias para concretar las medidas informadas en su respuesta, que le permita controlar
decuadamente los bienes de uso, a fin de lograr los objetivos que persigue dicha actividad de control.
2. En cuanto a la situación observada en el numeral 1.2, falta de formalización mediante acto administrativo para la entrega de fondos globales (MC), corresponde que la SEREMI de Obras Públicas de La Araucanía, otorgue fondos globales anualmente a través de la resolución respectiva, en concordancia con los artículos 11 y 12 del decreto ley N° 1.263, del
Ministerio de Hacienda, y del numeral 3 del dictamen N° E147680, de 2021, de esta Contraloría General.
3. En relación a la situación observada en el numeral 4, bienes de uso dispuestos en bodega (MC), la SEREMI deberá requerir
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