Informe final de auditoria n" 718-2021 sobre auditoría a las modificaciones de los contratos de obras suscritos por el nivel central de la dirección de vialidad - Doctrina Administrativa - VLEX 939776882

Informe final de auditoria n" 718-2021 sobre auditoría a las modificaciones de los contratos de obras suscritos por el nivel central de la dirección de vialidad

Número de informe718/2021
Fecha31 Enero 2023
EmisorDepartamento de Medio Ambiente, Obras Públicas y Empresas

OBJETIVO

Efectuar una auditoría a las modificaciones de contratos de obras suscritos por el Nivel Central de la Dirección de Vialidad, DV, del Ministerio de Obras Públicas, MOP, iniciados durante el período comprendido entre el 1 de enero de 2019 y 31 de diciembre de 2020, con el fin de verificar que las referidas modificaciones se desarrollen acorde a los principios de eficiencia, eficacia y probidad, ajustándose a la normativa e instrucciones impartidas, incluidas aquellas que han sido instruidas con motivo de la pandemia por COVID-19; si están adecuadamente sustentadas; y si son pertinentes respecto de lo convenido en cada caso.

CONCLUSIONES

• La DV no dispone de un procedimiento debidamente sancionado y difundido internamente, que defina y sistematice los mecanismos y acciones mediante las cuales se deben realizar las modificaciones de contratos de obras, desde que surge la necesidad -durante el desarrollo de los mismos-, hasta que la modificación se encuentra tramitada y aprobada.

Si bien, con respecto a la materia y en lo que dice relación con una primera fase de este proceso , la entidad ha emitido varias instrucciones, algunas con más de 20 años de antigüedad, las que se detallan en el anexo N° 4 de este informe, la falta de un procedimiento como el indicado, que las integre, consolide y sistematice, genera el riesgo de que estas no sean conocidas o debidamente aplicadas por los funcionarios que intervienen en el proceso examinado, con la consecuente afectación de la finalidad que estas persiguen.

Lo expuesto, no se aviene con lo establecido en los numerales 7 y 19 de la resolución exenta N° 1.485, de 1996, de este origen, que aprueba normas de control interno de la Contraloría General –vigente a la data de efectuada esta auditoría -, en lo que interesa menciona que las estructuras de control interno, entendiéndose como tales, los planes, métodos, procedimientos y otras medidas que posee una institución, deben proporcionar una garantía razonable de que se promueven operaciones metódicas, económicas, eficientes y eficaces; y que se preserven recursos frente a cualquier pérdida por despilfarro, abuso y mala gestión, entre otros.

Atendido lo expuesto, la DV deberá concluir prontamente la elaboración del procedimiento de Modificaciones de Obras informado en su respuesta al preinforme de observaciones. En caso de que dicho procedimiento no se encuentre finalizado, a la data de recepción de este informe, deberá remitir una programación para cumplir con lo...

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