INFORME FINAL 9-14 CORPORACIÓN MUNICIPAL PARA LA EDUCACIÓN, SALUD Y MENORES DE PUERTO NATALES AUDTORÍA AL PROGRAMA DE INTEGRACIÓN ESCOLAR - AGOSTO 2014
Fecha de Resolución | 27 de Agosto de 2014 |
Emisor | Regional Magallanes |
Servicio | CORPORACION MUNICIPAL DE PUERTO NATALES |
Número de informe | 9/2014 |
Sector | Municipios y Corporaciones de la Región |
Tipo de informe | Informe Final de Auditoría |
Nivel | Regional |
Atendidas las consideraciones expuestas durante el desarrollo del presente trabajo, la Corporación Municipal de Puerto Natales ha aportado antecedentes que han permitido salvar parte de las situaciones planteadas en el preinfome N° 7, de 2014. Respecto de aquellas observaciones que se mantienen, se deberán adoptar medidas con el objeto de dar estricto cumplimiento a las normas legales y reglamentarias que las rigen, entre las cuales se estima necesario considerar, las siguientes: 1) Acápite I, numeral 2, en relación con la conciliación bancaria con partidas no identificadas, la corporación deberá adoptar las medidas necesarias para dar cumplimiento a los principios pertinentes, lo que será verificado en una próxima fiscalización. 2) Numeral 3.4, del envío de los comprobantes de ingreso al MINEDUC, se validará en una futura auditoría de seguimiento que la Corporación Municipal de Puerto Natales acredite la remisión al Ministerio de Educación los comprobantes de ingreso, esto en un plazo de 60 días hábiles, contados desde la recepción del presente informe. 3) Número 4.3, en lo tocante al saldo en la cuenta corriente de la CORMUNAT, la entidad fiscalizada deberá devolver el monto traspasado desde el PIE, lo que será validado en un próximo proceso de fiscalización. 4) Puntual 5.2, sobre diferencias entre saldos contables y rendiciones del año 2013, deberá la corporación adoptar las acciones necesarias para regularizar los hechos advertidos, lo que será materia de una próxima auditoría.:
5) Numeral 5.3, en relación a las inconsistencias en la diferencia entre el monto rendido y el libro de remuneraciones, la CORMUNAT deberá adoptar las acciones tendientes a evitar que la situación advertida se repita, lo cual será validado en una próxima auditoría.:
6) Numeral 5.5, letra a), concerniente al préstamo realizado al grupo de porristas, deberá la corporación adoptar las acciones tendientes a evitar que la situación advertida se repita, lo cual será validado en una próxima auditoría.:
7) Número 5.5, letra b), del pago de capacitación a docentes y/o directores no PIE, corresponderá a la corporación en un plazo de 60 días hábiles, contados desde la recepción del presente informe, remitir un detalle de cuáles son los profesionales involucrados, indicando quienes cumplen efectivamente labores en el PIE, lo que será validado en una próxima auditoría de seguimiento. 8) Número 5.5, letras c) y d), del arreglo de caldera del Liceo B-11, y del piso en la sala...
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