INFORME FINAL 9-14 DEPARTAMENTO DE EDUCACIÓN DE LA MUNICIPALIDAD DE COCHRANE SOBRE PROGRAMA DE INTEGRACIÓN ESCOLAR – AGOSTO 2014
Fecha de Resolución | 21 de Agosto de 2014 |
Emisor | Regional Aysén |
Servicio | DEPARTAMENTO DE EDUCACION DE COCHRANE |
Número de informe | 9/2014 |
Sector | Municipios y Corporaciones de la Región |
Tipo de informe | Informe Final de Auditoría |
Nivel | Regional |
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Respecto a las siguientes observaciones que se mantienen, se deberán adoptar, a lo menos, las medidas que a continuación se indican, con el objeto de dar estricto cumplimiento a las normas legales y reglamentarias que la rigen, sin perjuicio que, conforme a las políticas de este Organismo Contralor, sobre seguimiento de los programas de fiscalización, ellas serán verificadas, según se haya indicado en cada caso, en la etapa de seguimiento al presente informe final: 1.1 Implementar un sistema de control de inventarios en la Escuela Básica Hernán Merino Correa, incorporando los bienes adquiridos con cargo al Programa de Integración Escolar 2013, de acuerdo a lo señalado en el acápite 1, numeral 2. 1.2 La Municipalidad, deberá requerir a la Secretaría Regional Ministerial de Educación de la Región de Aysén del General Carlos Ibáñez del Campo, que gestione ante la Coordinadora Nacional de Subvención, Sección Pagos, del respectivo Ministerio, la aclaración del origen de la diferencia detectada, e informar las medidas que se adoptarán para su corrección, según lo señalado en el acápite II, numeral 1.1. 1.3 Gestionar la apertura de una cuenta corriente exclusiva para la administración de recursos del PIE, e implementar registros contables que permitan llevar el control de los fondos transferidos para la ejecución del programa, de acuerdo a lo indicado en el acápite II, numeral 1.2. 1.4 Acreditar la creación y utilización de un registro complementario que permita distinguir y controlar la percepción y ejecución de los recursos PIE, según el acápite II, numeral 1.3. 1.5 Corregir la imputación presupuestaria de los gastos del programa, de acuerdo a lo establecido en el decreto N° 854, de 2004, según lo señalado en el acápite II, numeral 2.1.2. 1.6 Determinar y acreditar el origen de la diferencia no rendida de $2.730.673, efectuando las gestiones tendientes a regularizar lo registrado en la plataforma del Ministerio de Educación, de acuerdo a lo señalado en el acápite II, numeral 3. 1.7 Acreditar la autorización de evaluación de ingreso, de acuerdo a lo señalado en el acápite III, numeral 2.3, letra a). 1.8 Acreditar la existencia del documento de anamnesis, según lo señalado en el acápite III, numeral 2.3, letra b). 1.9 Acreditar que los formularios únicos de ingreso, el informe de valoración de salud y el informe del especialista evaluador, están incorporados en las carpetas de los alumnos, de acuerdo a lo consignado en el acápite III, numeral...
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