Informe final 890-17 subsecretaría de educación auditoría a los recursos de la ley n° 20.248, subvención escolar preferencial - enero 2018 - Doctrina Administrativa - VLEX 840025386

Informe final 890-17 subsecretaría de educación auditoría a los recursos de la ley n° 20.248, subvención escolar preferencial - enero 2018

Número de informe890/2017
Fecha05 Enero 2018
EmisorII Contraloría Regional Metropolitana de Santiago

OBJETIVO

La fiscalización tuvo por objeto realizar una auditoría a los recursos entregados por el Ministerio de Educación, en virtud de la ley N° 20.248 —sobre Subvención Escolar Preferencial-, su reglamento y modificaciones, verificando el cumplimiento de las disposiciones legales y reglamentarias que rigen el ingreso, aplicación y rendición de los recursos involucrados, junto con comprobar la veracidad y fidelidad de las cuentas, la autenticidad de la documentación de respaldo y la exactitud de las operaciones aritméticas y de contabilidad, durante el período comprendido entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2016, en los establecimientos educacionales particulares subvencionados de las comunas de Cerro Navia, La Cisterna, La Pintana, Lampa y San Bernardo.

CONCLUSIONES

Se comprobó que determinados sostenedores rindieron gastos a la Superintendencia de Educación por $ 80.358.037, bajo el ítem de remuneraciones con fondos de la SEP, sin acreditar que las funciones desempeñadas se enmarcan en el Plan de Mejoramiento Educativo, PME; y otros gastos que no se encuentran contemplados en los respectivos PME, por $179.170.168.

La Superintendencia de Educación deberá exigir a los respectivos sostenedores, acreditar documentadamente que los desembolsos incurridos con cargo a la SEP digan relación con ésta, como asimismo, la dimensión y acción del PME a la que pertenecen, en el plazo de 60 días hábiles, contado desde la recepción del presente informe, vencido el cual sin que ello ocurra, deberá certificar con la documentación de respaldo, que los sostenedores han efectuado la rectificación de dichas rendiciones descontando las cifras individualizadas, y restituyéndolas a la cuenta corriente que deberán habilitar para la subvención en análisis. Por su parte, la Subsecretaría de Educación, en virtud de tales regularizaciones, deberá ajustar a su vez los saldos contables respectivos.

Se constataron gastos por $ 366.336.503, por concepto de administración central, insuficientemente respaldados, debiendo la Superintendencia de Educación requerir los antecedentes que certifiquen que tales recursos fueron destinados íntegramente a la gestión del PME, en el plazo ya indicado. De no ser ello efectivo, corresponde que esa entidad registre tales fondos en la cuenta de transferencias respectiva y, los sostenedores, restituyan dichos recursos a las cuentas corrientes exclusivas que deben habilitar para ello.

Se verificó la existencia de gastos rendidos en forma...

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