Informe final 861-2017 auditoria al macroproceso de concesión del servicio de recolección ,transporte y disposición final de residuos sólidos domiciliarios en la Municipalidad de las condes diciembre 2017 - Doctrina Administrativa - VLEX 840028213

Informe final 861-2017 auditoria al macroproceso de concesión del servicio de recolección ,transporte y disposición final de residuos sólidos domiciliarios en la Municipalidad de las condes diciembre 2017

Fecha21 Diciembre 2017
Número de informe861/2017
EmisorII Contraloría Regional Metropolitana de Santiago

OBJETIVO

Comprobar que las concesiones de los servicios de recolección y transporte, y disposición final de los residuos sólidos domiciliarios y asimilables que mantiene la comuna de Las Condes, cumplan lo establecido en los artículos 8°, 65 letra k), y 66 de la/ ley N°18.695, Orgánica Constitucional de Municipalidades, así como lo previsto en la ley N° 19.886, de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios, y su reglamento, contenido en el decreto N° 250, de 2004, del Ministerio de Hacienda. A su vez, revisar y constatar la correcta ejecución y examen de las cuentas a los contratos de los servicios concesionados y de los pagos ejecutados a los mismos, en el período comprendido entre enero y diciembre de 2016 -análisis que para algunos casos abarcó años anteriores y posteriores, en cuanto se consideró necesario-, como asimismo, verificar el otorgamiento, aplicación y rendición de los recursos transferidos por la Subsecretaria de Desarrollo Regional y Administrativo del Ministerio del Interior y Seguridad Pública, en virtud de la ley N° 20.882, de Presupuestos del Sector Público para el año 2016.

CONCLUSIONES

Se verificó que la Municipalidad de Las Condes, en general, cumple con los procesos licitatorios relacionados con la recolección y disposición final de residuos, ajustándose a la normativa vigente sobre la materia. No obstante, se constató que no se publicaron en el portal mercado público los acuerdos de voluntades con las empresas Proactiva Servicios Urbanos S.A.,- y Dimensión S.A., incumpliendo con ello lo dispuesto en el artículo 57, letra b), N° 6, del reglamento de la ley N° 19.886, conforme a su texto vigente a la época de la licitación, sin embargo, el ente comunal procedió a publicarlos el 25 de noviembre de 2017, por lo que tales observaciones fueron subsanadas.
Se determinó que esa entidad edilicia no verificó el cumplimiento de los documentos que se debían adjuntar a las facturas para el pago de las concesiones de los Servicios de Recolección y Transporte de Residuos Sólidos Domiciliarios a la empresa Proactiva Servicios Urbanos S.A., y de los Servicios de Barrido de Espacios Públicos con la empresa Dimensión S.A., por cuanto el listado del personal asignado al servicio y sus respectivas planillas, dé liquidación presentadas para el pago, correspondían al mes inmediatamente anterior al mes facturado, en circunstancias, que debían tratarse de aquellas respecto del mes facturado, conforme lo establecen las bases...

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