Informe final 738-23 isl los lagos auditoria controles administrativos manejo de fondos y otros - enero 2024 - Doctrina Administrativa - VLEX 974163957

Informe final 738-23 isl los lagos auditoria controles administrativos manejo de fondos y otros - enero 2024

Fecha03 Enero 2024
Número de informe738/2023
EmisorRegional Los Lagos

OBJETIVO

Efectuar una auditoría al control asociado al manejo de fondos, uso y custodia de bienes, administración de personal en la Agencia Regional del Instituto de Seguridad Laboral Los Lagos. Lo anterior respecto al período comprendido entre 1 de enero de 2021 y 31 diciembre de 2022.

CONCLUSIONES

• Se corroboró que, la entidad no exigió la rendición mensual de los gastos asociados a los fondos fijos del subtítulo 23, toda vez que, respecto del año 2021, solo se presentó la rendición correspondiente al mes de abril, y en cuanto al año 2022, no se presentaron las rendiciones de los meses de marzo, mayo y junio de la citada anualidad, dicha situación no se aviene con lo señalado en el número 6, de los decretos Nos 2.287 y 2.554, de 2021 y 2022, ambos del Ministerio de Hacienda, que Autoriza Fondos Globales en Efectivo para Operaciones Menores y Viáticos.

Por lo cual, la repartición pública, deberá en lo sucesivo, dar estricto cumplimiento a lo dispuesto por el Ministerio de Hacienda en las próximas autorizaciones de fondos globales en efectivo para operaciones menores y viáticos que dicha cartera ministerial decrete, con la finalidad de evitar la reiteración de situaciones de similar naturaleza

• Se verificó la falta de oportunidad en la dictación de las resoluciones que aprueban los cometidos, las cuales totalizan 15 casos, el detalle de lo expuesto consta en el anexo N° 6, dicha demora en la formalización de un acto administrativo configura una infracción tanto a lo prevenido en los artículos , inciso segundo, y de la citada ley N° 18.575, como lo previsto en el artículo 7° de la ley N° 19.880, que Establece Bases de los Procedimientos Administrativos que Rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado.

Por lo expuesto, la repartición pública deberá en adelante dar estricto cumplimiento a los principios de contenidos en los artículos , inciso segundo, y de la aludida ley N° 18.575 y en el artículo 7° de la anotada ley N° 19.880, con la finalidad de evitar el alcance planteado.

• Se constató que un total de 18 bienes de uso de la entidad se...

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