Informe final 692-18 subsecretaria de educación sobre auditoria al programa de reinserción escolar de la subsecretaria de educación -febrero 2019 - Doctrina Administrativa - VLEX 840028257

Informe final 692-18 subsecretaria de educación sobre auditoria al programa de reinserción escolar de la subsecretaria de educación -febrero 2019

Fecha13 Febrero 2019
Número de informe692/2018
EmisorII Contraloría Regional Metropolitana de Santiago

OBJETIVO

Practicar una auditoría y un examen en de cuentas al Programa Reinserción Escolar, específicamente a las escuelas de reingreso, verificando, la licitación, adjudicación y entrega de recursos, así como la supervisión del cumplimiento de los convenios suscritos entre la citada subsecretaría con los entes ejecutores de la Región Metropolitana; y la revisión y aprobación de las rendiciones de esos fondos, por el período emprendido entre el 1 de enero de 2016 y el 31 de diciembre de 2017, agregándose operaciones de otros períodos en la medida que se consideró necesario .

CONCLUSIONES

- Se comprobó que un funcionario y una persona contratada a honorarios, participaron tanto en los procesos de evaluación de las propuestas, como en la revisión de los informes de avances y finales, y análisis y aprobaciones de las rendiciones de cuentas de los ejecutores, sin que exista una adecuada segregación de funciones. A su vez, se advirtió que el aludido Programa no cuenta con un sistema informático de administración y seguimiento de los convenios, lo cual es realizado en una planilla Excel, sin que se pueda verificar los cambios, modificaciones, eliminaciones realizadas, entre otras, adoleciendo de protocolos de seguridad para el acceso, edición y respaldo de su contenido.
- La Subsecretaría aceptó propuestas presentadas fuera de plazo a su vez, se detectaron pautas de evaluación realizadas por un solo evaluador y no en forma colegiada, o bien efectuada por funcionarios o personas contratadas a honorarios no designadas para tal función; diferencias en los porcentajes y errores de cálculo de los resultados de los criterios definidos para la selección de las propuestas.
Por lo expuesto, el Subsecretario de Educación deberá ordenar la instrucción de un procedimiento sumarial para determinar las eventuales responsabilidades administrativas en los hechos reseñados.
- Se evidenció que un total de 472 alumnos se encontraban matriculados en el año 2015, quienes en ese año registraron un nivel de asistencia superior al 50%; 5 alumnos no tenían rezago escolar; y 146 estudiantes pertenecen a la Educación Especial Discapacidad Intelectual, o a la Educación Especial...

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