Informe final 646-20 Municipalidad de puente alto sobre auditoría a la ejecución presupuestaria 2019, y gastos de publicidad y difusión-marzo 2021 - Doctrina Administrativa - VLEX 909052385

Informe final 646-20 Municipalidad de puente alto sobre auditoría a la ejecución presupuestaria 2019, y gastos de publicidad y difusión-marzo 2021

Fecha16 Marzo 2021
Número de informe646/2020
EmisorII Contraloría Regional Metropolitana de Santiago

OBJETIVO La auditoría tuvo por objeto verificar el cumplimiento de la normativa contable y reglamentaria que regula el proceso de ejecución y control presupuestario, durante el período comprendido entre el 1 de enero de 2017 y el 31 de diciembre de 2019.
Asimismo, se realizó un examen de cuentas a las compras realizadas por convenio marco a los proveedores Abastible S.A., y Servicios Integrados SIDAPTLimitada, ejecutados entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2019.
Adicionalmente, se efectuó un examen de cuentas de los gastos ejecutados entre el 1 de enero y el 31 de julio de 2020, en específico a las cuentas 22-07, de Publicidad y Difusión.
En efecto, se revisó si la ejecución y control del presupuesto permite la recaudación de todos los ingresos y el pago de los compromisos adquiridos y si éstos están debidamente registrados. Además, se constató si el municipio utiliza correctamente los procesos de contratación de bienes y servicios.
CONCLUSIONES - Se constató que la municipalidad efectuó adquisiciones de diversos alimentos no perecibles y cajas de cartón para el resguardo de los alimentos al proveedor Servicios Integrados SIDAP Limitada, por un monto de $ 246.126.199, mediante la modalidad de convenio marco, correspondientes a bienes de similares características y que presentan una periodicidad consecutiva en el tiempo, variando de esa forma el procedimiento de compra, esto es, grandes compras.
La entidad edilicia deberá, en lo sucesivo, realizar un análisis pormenorizado de sus adquisiciones, a fin de ajustarse a lo dispuesto en los artículos 7°, de la ley N° 19.886, y 13 del decreto N° 250, de 2004, del Ministerio de Hacienda, y al artículo 627, de la ley N° 18.575.
- Se advirtió que la entidad edilicia, contrató servicios de publicidad, mediante los comprobantes de egreso Nos 1.775 y 3.681, ambos de 2020 por un monto total de $ 9.533.900 los cuales corresponden a diversos bienes y servicios, tales
como difusión en prensa escrita e impresión de dípticos, pendones y volantes, entre otros, donde los antecedentes que respaldan las referidas adquisiciones o daban cuenta del contenido de estos, así como tampoco fueron adjuntados a la respuesta del presente informe. Al respecto, la municipalidad deberá acreditar documentadamente que las adquisiciones efectuadas mediante los comprobantes de egreso Nos 1.775 y 3.681, ambos de 2020, por un monto de $ 9.533.900, corresponden a bienes y/o servicios que se vinculan directamente con las actividades
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