Informe final 637-18 dirección de arquitectura, región de magallanes y de la antártica chilena auditoría a las iniciativas de inversión financiadas con el fondo nacional de desarrollo regional enmarcadas en el plan especial de desarrollo de zonas extremas-diciembre 2018 - Doctrina Administrativa - VLEX 840028942

Informe final 637-18 dirección de arquitectura, región de magallanes y de la antártica chilena auditoría a las iniciativas de inversión financiadas con el fondo nacional de desarrollo regional enmarcadas en el plan especial de desarrollo de zonas extremas-diciembre 2018

Fecha12 Diciembre 2018
Número de informe637/2018
EmisorRegional Magallanes

OBJETIVO Verificar que los proyectos de inversión ejecutados por la Dirección de Arquitectura, Región de Magallanes y de la Antártica Chilena, iniciados el año 2017, con recursos del Fondo Nacional de Desarrollo Regional, FNDR, y que se encuentren enmarcados en el Plan Especial de Desarrollo de Zonas Extremas, PEDZE, son realizados conforme a la normativa vigente.
Asimismo, constatar la correcta elaboración de las conciliaciones bancarias de las cuentas corrientes Nos 91909087169 “MOP Fondos sectoriales”, 91909104667 “MOP Fondos extrasectoriales”, 91909091476 “MOP FNDR”, todas del Banco del Estado de Chile, del año 2017.
CONCLUSIONES • Se verificó que las modificaciones de plazos intermedios del contrato de Construcción Centro Asistencial Docente e Investigación UMAG, CADI, de la región de Magallanes y de la Antártica Chilena, no reflejaron el real atraso del contrato, el que hasta la fecha de elaboración de este informe final se encontraba en desarrollo, sin aumentos de plazo que modificaran el total otorgado primitivamente de 540 días corridos, situación que deberá ser considerada por la Dirección de Arquitectura, Región de Magallanes y de la Antártica Chilena, en lo sucesivo, velando por la debida observancia de los antecedentes que regulan el contrato y adoptando las providencias necesarias para que situaciones como las advertidas no ocurran, en contratos como el de la especie.
• Se comprobó tanto en el contrato de Construcción Centro Asistencial Docente e Investigación UMAG, como en el de diseño del Centro Antártico Internacional, la falta de procedimientos formales para otorgar aumentos de plazo para subsanar observaciones, por lo que la Dirección de Arquitectura, Región de Magallanes y de la Antártica Chilena Magallanes, tendrá que atender lo establecido en el dictamen N° 20.215, de 2002, y en el numeral 39, letra e), Capítulo III de la resolución exenta N° 1.485, de 1996, ambos de este origen, en cuanto a la debida certeza que tiene que existir en las relaciones entre la Administración y los particulares y vigilancia de los controles, respectivamente.
• Se verificó el pago porcentual de partidas de valor unitario, atendido lo cual la Dirección de Arquitectura, Región de Magallanes y de la Antártica Chilena, deberá, en lo sucesivo, adoptar las medidas pertinentes para que los pagos sean realizados en función de los trabajos previstos en el presupuesto detallado de la obra, conforme a su cuantificación en el mismo, y al valor que estos representen en
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