INFORME FINAL 60-12 CORPORACIÓN MUNICIPAL DE PEÑALOLÉN PROGRAMA DE INTEGRACIÓN ESCOLAR - FEBRERO 2012
Fecha de Resolución | 15 de Febrero de 2013 |
Emisor | Municipalidades |
Servicio | MUNICIPALIDAD DE PEÑALOLEN |
Número de informe | 60/2012 |
Tipo de informe | Informe Final de Auditoría |
Nivel | Central |
Atendidas las consideraciones expuestas durante el desarrollo del presente trabajo, corresponde concluir que la Corporación Municipal de Peñalolén para el Desarrollo Social ha regularizado diversas observaciones incluidas en el preinforme, no obstante, deberá abocarse a resolver las subsistentes, según el detalle que sigue para unas y otras. 1 .- Las observaciones señaladas en el capítulo 111, numerales 1.1, carpeta de antecedentes de cada alumno, sobre las necesidades educativas de dos alumnos consignadas en la resolución exenta N° 55 de 201 1 y, en cuanto a la falta de documentos en los expedientes de los estudiantes, 1.2, existencia de alumnos, 2, Registro Nacional de Profesionales en el Ministerio de Educación, en cuanto al profesional Ángel Orozco, 3, antecedentes de los profesionales contratados durante el año 2011 , respecto de las profesionales que allí se indican; en el capitulo IV, informe técnico de evaluación anual, en relación al cronograma de adquisición de recursos didácticos y ayudas técnicas para satisfacer las NEE de los estudiantes; en el capitulo V, numerales 1 , transferencias recepcionadas por la corporación municipal, 2, depósito y registro de los recursos recepcionados, respecto del registro de los aportes adicionales; en el capítulo VIl, numeral 1 , sobre rendiciones de cuenta presentadas al Ministerio de Educación; en el capítulo VIII, numeral 2, materiales fungibles y didácticos para los alumnos con necesidades educativas especiales, respecto de la procedencia en la adquisición de ciertos materiales educativos; y, en el capítulo IX, numerales 1, auditorías practicadas por la corporación municipal y, 4, situación advertida en el pago de los servicios contratados bajo la modalidad de honorarios, se dan por subsanadas, considerando las explicaciones y antecedentes aportados por la entidad, sin perjuicio e las validaciones que deban efectuarse sobre las medidas correctivas informadas en cada caso, en futuras fiscalizaciones.
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- Respecto al capítulo I, programa de integración escolar, numeral 2, estado del programa y logro de las metas propuestas, corresponde que la repartición corporativa instruya a los directores de los establecimientos educacionales adscritos al programa, dar cumplimiento a las estrategias y actividades para su ejecución, incorporando en forma permanente y sistemática, actividades de seguimiento y evaluación de éstas, conforme a lo establecido en las letras a), b), e) y d), del artículo 86, del...
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