INFORME FINAL 59-11 MUNICIPALIDAD DE COBQUECURA SUBVENCIÓN ESCOLAR PREFERENCIAL - OCTUBRE 2011
Fecha de Resolución | 26 de Octubre de 2011 |
Emisor | Regional Bío-Bío |
Servicio | MUNICIPALIDAD DE COBQUECURA |
Número de informe | 59/2011 |
Tipo de informe | Informe Final de Auditoría |
Nivel | Regional |
Atendidas las consideraciones expuestas durante el desarrollo de la presente auditoría, corresponde concluir lo siguiente:
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- La Municipalidad de Cobquecura, ha utilizado recursos de la Subvención Escolar Preferencial para financiar gastos de operación del Departamento de Administración de Educación de ese municipio, aspecto que se contrapone a las disposiciones establecidas en la ley N° 20.248, que trata dicha materia y según la cual, tales recursos deben ser destinados al mejoramiento de la calidad de la educación de los establecimientos subvencionados. Por ello, las observaciones señaladas en el acápite IV, punto cuatro que se refiere a recursos gastados y remanentes no utilizados, se mantienen, por cuanto las razones y argumentos formulados por la autoridad comunal en su respuesta, no hacen más que confirmar lo señalado por esta Contraloría Regional. En consecuencia, corresponde que el referido municipio en lo sucesivo, se abstenga de solventar con recursos de la Subvención Escolar Preferencial, gastos de naturaleza distinta a los contemplados en los planes de mejoramiento educativo y regularice la situación de estos fondos, de tal forma que en las cuentas corrientes donde éstos se administran, se mantengan los saldos de recursos no utilizados y que figuran pendientes de rendición, para lo cual se le otorga un plazo de treinta días, vencido el cual este Organismo de Control hará efectiva las acciones que en derecho procedan.
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- Se constató que no se han confeccionado las conciliaciones bancarias de la cuenta corriente N° 06-38448-0 del Banco Santander, sucursal de San Carlos, en la cual se depositan los recursos de la Subvención Escolar Preferencial, desde marzo del año 2007, razón por la cual corresponde que la autoridad comunal instruya un proceso sumarial a objeto de establecer las eventuales responsabilidades administrativas, que le pudieren afectar a los funcionarios de la unidad de finanzas al omitir la confección del referido mecanismo de control. Sin perjuicio de lo anterior, ese municipio deberá proceder a regularizar la situación de las conciliaciones de la...
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