Informe final 589-23 sobre auditoria al otorgamiento y pago de la pgu otorgada por del inst de previsión social - Doctrina Administrativa - VLEX 972498419

Informe final 589-23 sobre auditoria al otorgamiento y pago de la pgu otorgada por del inst de previsión social

Fecha11 Octubre 2023
Número de informe589/2023
EmisorI Contraloría Regional Metropolitana de Santiago

OBJETIVO

La fiscalización tiene por objeto verificar el procedimiento de otorgamiento y pago de la Pensión Garantizada Universal -PGU-, por parte del Instituto de Previsión Social, en el período comprendido entre el 1 de febrero y el 31 de diciembre de 2022.

Además, la revisión tendrá por finalidad examinar que los beneficiarios cumplan los requisitos establecidos por la normativa aplicable y que los pagos se efectúen a las personas que corresponden, en los plazos estipulados, por los montos, períodos y medios dispuestos para ello. Asimismo, verificar si las transacciones cumplen con las disposiciones legales y reglamentarias vigentes, se encuentran debidamente documentadas, sus cálculos son exactos y están adecuadamente registradas.

Además, se revisará el sistema que apoya el proceso de otorgamiento y pago de la PGU, enfocándose en la interoperabilidad que existe entre el sistema y las entidades que lo alimentan con datos de los usuarios postulantes, las principales validaciones de seguridad y revisión del perfilamiento y accesos que mantienen los usuarios del sistema. De igual forma, se realizarán pruebas de controles generales de TI a nivel de acceso, cambios y operaciones de computadoras.

CONCLUSIONES

• Se verificó que el IPS no posee procedimientos internos destinados a asegurar que los resultados de las solicitudes de la Pensión Garantizada Universal - concediendo o rechazando el beneficio-, sean notificados a las personas postulantes, de conformidad con lo dispuesto, principalmente, en el artículo 45 de la ley N° 19.880, que Establece Bases de los Procedimientos Administrativos que Rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado.

• Se determinó que el IPS no ha aprobado el procedimiento financiero contable al que se refiere el oficio ordinario N° 1.569, de...

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