Informe final 587-20 direcion de aeropuertos habilitación conservación y funcionamiento aerodromos publicos - diciembre 2020 - Doctrina Administrativa - VLEX 909053082

Informe final 587-20 direcion de aeropuertos habilitación conservación y funcionamiento aerodromos publicos - diciembre 2020

Fecha31 Diciembre 2020
Número de informe587/2020
EmisorRegional Los Lagos

OBJETIVO Efectuar una auditoría al proceso de habilitación y conservación de aeródromos públicos realizado por la Dirección Regional de Aeropuertos de Los Lagos, entre el 1 de enero de 2019 y el 30 de junio de 2020, verificando si el aeropuerto El Tepual y aeródromos públicos estaban en condiciones técnicas para cubrir las eventuales urgencias de salud pública y/o sanitarias, referidas al COVID-19, tales como el traslado de pacientes, personal médico, medicamentos e insumos, equipamiento clínico, u otros; revisar los protocolos existentes sobre la materia y las coordinaciones entre las autoridades sanitarias y aeronáuticas; y examinar si la entidad ha incurrido en gastos por mantenciones a los aeródromos en el contexto de la pandemia, desde la declaración del estado de excepción constitucional.
CONCLUSIONES • Se advirtió que los portones de acceso a los aeródromos de Cochamó y Puelo Bajo no cumplían con el propósito de impedir la entrada al recinto, lo que contraviene lo indicado en los literales a), b) y c) del numeral 153.501 de la Norma Aeronáutica DAN 14 153, Operación de Aeródromos, aprobada por la resolución exenta N° 266, de 2017, de la DGAC; el artículo 20 del decreto con fuerza de ley N° 850, de 1997, del Ministerio de Obras Públicas, MOP; el numeral 8.4 del Reglamento de Aeródromos, DAR 14, aprobado mediante decreto supremo N° 173, de 2004, del Ministerio de Defensa Nacional; y los principios de control, eficiencia y eficacia consagrados en el artículo 3° de la ley N° 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado, por lo que procede que la DRAP remita a este Organismo de Control, en 60 días hábiles contados desde la recepción del presente informe, los antecedentes que acrediten el tipo de candado empleado en ambos aeródromos, el sistema de cierre del aeródromo de Cochamó y la colocación del cerco tipo OACI en el recinto aeroportuario Puelo Bajo.
• Se verificó que en el aeropuerto el Tepual y en los aeródromos de Cañal Bajo - Carlos Hott Siebert, Cochamó y Puelo Bajo, los portones de acceso no cumplen con las características definidas en las letras d), g) e i), del numeral 2.5.2 del citado Manual de Diseño e Infraestructura para la Protección de Instalaciones Aeroportuarias, por lo que corresponde que la DRAP concrete el cambio de portones de acuerdo a las exigencias de la normativa vigente, lo cual deberá ser acreditado ante esta Contraloría Regional de Los Lagos, en 60 días hábiles contados desde la recepción
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