Informe final 582-2023 centro de formación técnica estatal de la región de los ríos sobre auditoría al proceso de recepción, ejecución y rendición de transferencias de organismos públicos - octubre 2023 - Doctrina Administrativa - VLEX 953722265

Informe final 582-2023 centro de formación técnica estatal de la región de los ríos sobre auditoría al proceso de recepción, ejecución y rendición de transferencias de organismos públicos - octubre 2023

Fecha13 Octubre 2023
Número de informe582/2023
EmisorRegional Los Ríos

OBJETIVO

Efectuar una auditoría al proceso de recepción, ejecución y rendición de las transferencias de fondos del Ministerio de Educación (MINEDUC) y otros organismos públicos, en el Centro de Formación Técnica Estatal de la Región de Los Ríos, CFT de Los Ríos o CFT, por el período comprendido entre el 1 de enero de 2021 y el 31 de diciembre de 2022.

Todo lo anterior, en concordancia con la ley No 10.336, de Organización y Atribuciones de esta Contraloría General de la República, y la resolución No 30, de 2015, de este Organismo de Control, que Fijan Normas de Procedimientos sobre Rendición de Cuentas.

CONCLUSIONES

• Se constató la existencia de gastos rendidos por $4.375.569, sin que conste la documentación que los respalden, debiendo esa entidad, en adelante, implementar los mecanismos de control que le permitan verificar que, en el proceso de confección de las rendiciones de cuentas, se considere la totalidad de los antecedentes necesarios para acreditar el debido uso de los recursos públicos puestos a su disposición.

Así también, esa entidad tendrá que enviar, a través del Sistema de Seguimiento y Apoyo CGR, en un plazo no superior a 30 días hábiles, contado desde la recepción del presente informe, los antecedentes que permitan acreditar fehacientemente los gastos rendidos por la suma de $4.375.569 y aclarar las situaciones, que no fue posible subsanar. Si aquello no acurre o si la respuesta resulte insuficiente, este Órgano de Control procederá a formular el reparo pertinente por la suma mencionada, en virtud de lo prescrito en los artículos 95 y siguientes de la aludida ley No 10.336, sin perjuicio de lo indicado en el artículo 116, de la anotada normativa.

• Se constató la falta de respaldo e inconsistencias en la documentación que sustenta el pago del subsidio diario a los participantes de los cursos y/o módulos, por un monto de $119.400, por lo que, en lo sucesivo, ese organismo deberá adoptar los mecanismos de control que le sean necesarios para mantener íntegros los expedientes que sustentan sus gastos, evitando la reiteración de los hechos que se indican.

Además, deberá aclarar los aspectos indicados en el Anexo N° 9, remitiendo por medio del Sistema de...

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