Informe final 517-2020 delegación presidencial regional del biobío auditoría contrato de prestación de servicios de distribución de agua potable - diciembre 2021
Fecha | 07 Diciembre 2021 |
Número de informe | 517/2020 |
Emisor | Regional Bío-Bío |
OBJETIVO
Auditar los recursos en administración relacionados con el programa de emergencia de escasez hídrica en la ex Intendencia Regional del Biobío, actual Delegación Presidencial Regional del Biobío, durante el período comprendido entre el 1 de enero de 2018 y el 31 de agosto de 2019.
Lo anterior con la finalidad de comprobar la correcta percepción y administración de los fondos; validar las medidas de monitoreo y control implementadas por la citada ex Intendencia sobre los organismos involucrados; y comprobar que los beneficiarios del programa y su grupo familiar, sean personas que presenten una escasez hídrica real y cuenten con la aplicación de la Ficha Básica de Emergencia (FIBE).
Lo anterior con la finalidad de comprobar la correcta percepción y administración de los fondos; validar las medidas de monitoreo y control implementadas por la citada ex Intendencia sobre los organismos involucrados; y comprobar que los beneficiarios del programa y su grupo familiar, sean personas que presenten una escasez hídrica real y cuenten con la aplicación de la Ficha Básica de Emergencia (FIBE).
CONCLUSIONES
Preguntas de la Auditoría:
• ¿Recepcionó y administró correctamente la ex Intendencia, los fondos de emergencia relacionados con la escasez hídrica?
• ¿Implementó la ex Intendencia medidas efectivas de monitoreo y control para los organismos involucrados, en el desarrollo del programa?
• ¿Corresponden los beneficiarios y su grupo familiar, a personas que presentan un déficit hídrico real, y que socialmente son vulnerables, conforme a su Ficha Básica de Emergencia – FIBE?
Principales Resultados:
• Se verificó que la ex Intendencia de la Región del Biobío, mediante la modalidad de trato directo, efectuó múltiples compras de servicios de transporte y distribución de agua por el déficit hídrico, por la suma de $10.969.474.907, utilizando como fundamento para ello, lo dispuesto en la letra c) del artículo 8° de la ley N° 19.886, y el artículo 10 numeral 3 del decreto N° 250, de 2004 del Ministerio de Hacienda, sin embargo se observó que en las resoluciones no se advierten los fundamentos que permitan justificar la causal de contratación directa que se invoca, toda vez que, el déficit hídrico en que se funda el egreso es un fenómeno conocido con anterioridad por la autoridad, y repetido en el tiempo, por lo que ese órgano regional deberá arbitrar las acciones necesarias, para que las futuras adquisiciones de la especie, se efectúen conforme a las disposiciones contenidas en el Capítulo III, Párrafo 1°, de la ley N° 19.886, esto es, mediante el mecanismo de la licitación pública, como regla general.
• Se observó, a través del balance de comprobación y saldos al 31 de agosto de 2019, que la ex Intendencia Región del Biobío mantiene un saldo de
$243.693.529, en la cuenta contable 1140306 “Otros Anticipos”, correspondiente a fondos traspasados a las...
• ¿Recepcionó y administró correctamente la ex Intendencia, los fondos de emergencia relacionados con la escasez hídrica?
• ¿Implementó la ex Intendencia medidas efectivas de monitoreo y control para los organismos involucrados, en el desarrollo del programa?
• ¿Corresponden los beneficiarios y su grupo familiar, a personas que presentan un déficit hídrico real, y que socialmente son vulnerables, conforme a su Ficha Básica de Emergencia – FIBE?
Principales Resultados:
• Se verificó que la ex Intendencia de la Región del Biobío, mediante la modalidad de trato directo, efectuó múltiples compras de servicios de transporte y distribución de agua por el déficit hídrico, por la suma de $10.969.474.907, utilizando como fundamento para ello, lo dispuesto en la letra c) del artículo 8° de la ley N° 19.886, y el artículo 10 numeral 3 del decreto N° 250, de 2004 del Ministerio de Hacienda, sin embargo se observó que en las resoluciones no se advierten los fundamentos que permitan justificar la causal de contratación directa que se invoca, toda vez que, el déficit hídrico en que se funda el egreso es un fenómeno conocido con anterioridad por la autoridad, y repetido en el tiempo, por lo que ese órgano regional deberá arbitrar las acciones necesarias, para que las futuras adquisiciones de la especie, se efectúen conforme a las disposiciones contenidas en el Capítulo III, Párrafo 1°, de la ley N° 19.886, esto es, mediante el mecanismo de la licitación pública, como regla general.
• Se observó, a través del balance de comprobación y saldos al 31 de agosto de 2019, que la ex Intendencia Región del Biobío mantiene un saldo de
$243.693.529, en la cuenta contable 1140306 “Otros Anticipos”, correspondiente a fondos traspasados a las...
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