INFORME FINAL 5 - 14 DEPARTAMENTO DE EDUCACION DE LA MUNICIPALIDAD DE CONSTITUCION PROGRAMA DE INTEGRACION ESCOLAR - JUNIO 2014 - Doctrina Administrativa - VLEX 565136262

INFORME FINAL 5 - 14 DEPARTAMENTO DE EDUCACION DE LA MUNICIPALIDAD DE CONSTITUCION PROGRAMA DE INTEGRACION ESCOLAR - JUNIO 2014

Fecha de Resolución23 de Junio de 2014
EmisorRegional Maule
ServicioDEPARTAMENTO DE EDUCACION DE CONSTITUCION
Número de informe5/2014
SectorMunicipios y Corporaciones de la Región
Tipo de informeInforme Final de Auditoría
NivelRegional

Atendida las consideraciones expuestas durante el desarrollo del presente trabajo, corresponde concluir que las medidas implementadas por esa entidad han permitido salvar algunas observaciones incluidas en el Preinforme de esta Contraloría Regional, en tanto otras se mantienen, según sigue, respecto de unas y otras:

  1. Las observaciones contenidas en el capítulo 1, sobre Aspectos de Control Interno, numeral 1.1.2 sobre conciliación bancaria; capítulo II, sobre Examen de Cuenta, punto 1.1 aspectos administrativos; 1.2 recepción de recursos; capítulo III, punto 1 sobre aprobación y contenido del programa de integración escolar; punto 2.1.1 letra b), sobre horas cronológicas semanales; letra c) sobre acciones tendientes a informar del pie a la comunidad; letras e) sobre entrega de ITEA, letra f) sobre anexo de información detallada y g) ITEA, puesto a disposición de las familias de los estudiantes; punto 2.3 sobre alumnos beneficiados del programa letras b), c), d), e), f), g), h), i); punto 3 sobre ITEA, letras a), b), c); se dan por subsanadas considerando las explicaciones y antecedentes aportados por la entidad.

  2. Referente a lo indicado en el capítulo 1, Aspectos de Control Interno, punto 1.2, sobre organización interna, esa entidad edilicia deberá confeccionar el acto administrativo que apruebe el organigrama y actualizar el reglamento interno de acuerdo a la realidad actual que presenta la entidad.

  3. Sobre lo observado en el capítulo I, punto 1.3, procedimientos y métodos, el municipio deberá confeccionar e implementar un manual de procedimientos, en concordancia con los instructivos y resoluciones que rigen al DAEM como asimismo al programa de integración escolar. Cabe señalar que el avance o término de la medida informada será verificado en la etapa de seguimiento del presente informe.

  4. Referente al punto 1.5, sobre inutilización de documentos, corresponderá a la máxima autoridad comunal velar porque se concrete la implementación de la medida propuesta, con el objeto de fortalecer sus mecanismos de control y evitar que la situación observada se repita en lo sucesivo.

  5. Conforme a lo expuesto en capítulo II, punto 1.3 registro contable, el departamento de finanzas del DAEM debe arbitrar las acciones pertinentes para fortalecer los controles contables de los recursos PIE y evitar que en lo sucesivo dichos fondos se confundan con otras subvenciones.

  6. En relación con lo plasmado en el capítulo II, punto 1.4 detalle de las transferencias...

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