Informe final 459-19 Municipalidad de puerto varas auditoria al proceso de otorgamiento y fiscalizacion de permisos de edificacion en direccion de obras-septiembre 2019 - Doctrina Administrativa - VLEX 827025353

Informe final 459-19 Municipalidad de puerto varas auditoria al proceso de otorgamiento y fiscalizacion de permisos de edificacion en direccion de obras-septiembre 2019

Fecha30 Septiembre 2019
Número de informe459/2019
EmisorRegional Los Lagos

OBJETIVO

La fiscalización tiene por objetivo realizar una auditoría al proceso de otorgamiento y fiscalización de los permisos de edificación en la Municipalidad de Puerto Varas, de las construcciones de obra nueva, emitidos en el período comprendido entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2018. Además, se revisarán los permisos de edificación, igualmente de obra nueva, autorizados entre enero y marzo de 2019, por esta misma dirección de obras, con certificados de factibilidad de servicio sanitario emitidos por la empresa ESSAL S.A., condicionados a conexión y empalme posterior al año 2020. Asimismo, se revisarán las recepciones definitivas, efectuadas durante el año 2018 a proyectos de obra nueva urbana, por la citada dirección comunal; y las regularizaciones de permiso de edificación, autorizadas durante igual anualidad.
Lo anterior, con la finalidad de verificar que el mencionado proceso se haya desarrollado de conformidad con las normas que regulan la materia, y que los ingresos percibidos por este concepto hayan estado debidamente acreditados, comprobando la autorización, valuación, registro contable y existencia de la documentación de respaldo; además de la correcta recepción municipal de las obras.

CONCLUSIONES

• Se verificó que la última conciliación bancaria que mantiene el municipio respecto de la cuenta N° 6781229-8, denominada “Fondos Ordinarios”, abierta en el Banco Santander, correspondía a la del mes de marzo de 2018. Al mismo tiempo, respecto de las cuentas corrientes Nos 6781231-0, 6781233-6 y 6781234-4, denominadas Fondos Extrapresupuestarios, Habilitación y MIDEPLAN, abiertas en el Banco Santander, el municipio informó que las conciliaciones bancarias de ellas, estarían hasta marzo de 2017, mayo del mismo año y abril de 2019, respectivamente, incumpliéndose con ello lo instruido por este Organismo de Control en el oficio circular N° 11.629, de 1982, que imparte instrucciones al sector municipal sobre manejo de cuentas corrientes bancarias.
• Se constató que la conciliación bancaria de la cuenta corriente N° 6781229-8, denominada Fondos Ordinarios, del Banco Santander, no cuenta con evidencia que acredite la revisión por parte de la Directora de Administración y Finanzas, lo cual, vulnera lo dispuesto en la letra e), del punto 3), normas de control, del referido oficio circular N° 11.629, de 1982, de este Organismo de Control, y lo señalado en los numerales 57 y 58 de la resolución exenta N° 1.485, de 1996, de esta Entidad Fiscalizadora.
• Se evidenciaron diferencias al comparar el certificado bancario de la cuenta corriente N° 6781229-8, con lo señalado en la conciliación bancaria, situación que no se aviene a lo establecido en el numeral 4, del oficio circular N° 20.101, de 2016, de la Contraloría General de la...

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