INFORME FINAL 41-14 DIRECCIÓN REGIONAL SERNAM BIO-BIO PROGRAMA APOYO A LA MADRE ADOLESCENTE - DICIEMBRE 2014 - Doctrina Administrativa - VLEX 565134158

INFORME FINAL 41-14 DIRECCIÓN REGIONAL SERNAM BIO-BIO PROGRAMA APOYO A LA MADRE ADOLESCENTE - DICIEMBRE 2014

Fecha de Resolución26 de Diciembre de 2014
EmisorRegional Bío-Bío
ServicioDIRECCION REGIONAL SERNAM BIO BIO
Número de informe41/2014
SectorServicios Regionales
Tipo de informeInforme Final de Auditoría
NivelRegional

Atendidas las consideraciones expuestas durante el desarrollo del presente trabajo, el SERNAM ha aportado antecedentes e iniciado acciones que han permitido salvar gran parte de las situaciones planteadas en el preinforme de observaciones N° 41, de 2014. Respecto de aquellas observaciones que se mantienen, se deberán adoptar las medidas a fin de dar cumplimiento a las normas legales y reglamentarias que las rigen, entre las cuales se estima necesario señalar las siguientes:

  1. Acápite II, numeral 2, respecto al incumplimiento por parte del ejecutor del plazo de entrega de las rendición de cuentas, la entidad comunal deberá instruir sobre la materia, a objeto de dar cumplimiento en lo sucesivo, a lo establecido en el capítulo XI “Presentación de Informes, plazos de entrega, revisión y aprobación”, de las mencionadas orientaciones técnicas y lo dispuesto en el numeral 3°, de la resolución N° 759, de 2003, que fija las Normas de Procedimientos sobre Rendición de Cuentas, de la Contraloría General de la República, correspondiendo que su aplicación y cumplimiento sea validado por el director de control municipal.

  2. Acápite III, numeral 3, sobre la falta de antecedentes en las fichas de las usuarias del programa durante el periodo 2013, el municipio deberá remitir a este Organismo de Control la ficha de atención domiciliaria y la carta de compromiso de las adolescentes RUT 18.680.140-7 y 19.072.402-6, respectivamente, ello, en un plazo que no exceda el 19 de marzo de 2015.

  3. Acápite III, numeral 4, referido a la entrega de informes mensuales, trimestrales y anuales, el SERNAM tendrá que emitir instrucciones formales sobre estas materias y adoptar medidas administrativas para dar cumplimiento a lo preceptuado en el numeral IX, de las citadas orientaciones técnicas, remitiendo a esta Contraloría Regional un informe validado por el auditor interno de la institución que así lo acredite, en un plazo que no exceda del 19 de marzo de 2015.

  4. Acápite III, numeral 5.1, relacionado con que el SERNAM no participó de la contratación de las señoritas Miriam Peña Peña...

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