Informe final 363-2016 Municipalidad de vilcún, sobre macroprocesos de finanzas, viaticos y ley del lobby-diciembre 2016 - Doctrina Administrativa - VLEX 840026763

Informe final 363-2016 Municipalidad de vilcún, sobre macroprocesos de finanzas, viaticos y ley del lobby-diciembre 2016

Fecha22 Diciembre 2016
Número de informe363/2016
EmisorRegional Araucanía

OBJETIVO

La auditoría tuvo por objeto efectuar un análisis financiero y presupuestario de la entidad, verificando el cumplimiento de las disposiciones legales y reglamentarias que regulan los procesos asociados a ellos, y asimismo, un examen de cuenta sobre los viáticos por cometidos funcionarios al extranjero, del personal de planta, contrata, y concejales, para el año- 2015. Adicionalmente, verificar el cumplimiento de la ley N° 20.730, que regula el Lobby, y su reglamento, durante el período comprendido entre el 1 de julio y el 31 de diciembre de 2015.

CONCLUSIONES

• Se constató que seis concejales y un funcionario municipal, fuéron designados en comisión de servicio para asistir a diversos cometidos fuera del país por un monto total de $ 74.885.876, sin que se hubiera acreditado suficientemente que dichas giras, y la participación en ella de los concejales de la comuna y funcionarios municipales, se relacionaban directamente con las labores

institucionales y la función pública que les corresponde cumplir, y sin que pueda verificarse además que éstas efectivamente se hayan realizado, toda vez que, no existen certificados u otros documentos formales, extendidos por organismos internacionales, que respalden la actuación de los cometidos, por lo que corresponde la restitución del monto 'antes señalado, o en su defecto, se dará inicio al respectivo juicio de cuentas.

• Se advirtieron irregularidades sobre el uso y circulación de vehículos estatales, especialmente en lo relacionado a retiro de. combustible por sobre la capacidad del estanque y rendiíniento- menor del vehículo, advirtiéndose una eventual

vulneración del artículo 62 Nos 3 y 4 de la ley N° 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración.del Estado, en cuanto al empleo, bajo cualquier forma, de dinero o bienes de la institución, en provecho propio o de terceros y, ejecutar actividades y utilizar recursos del organismo en beneficio propio o para fines ajenos a los institucionales.

• Se observaron diferencias no explicadas por un total de $ 32.908.657, entre lascartolas bancarias y los mayores contables, de la cuenta Fondos Ordinarios N° 559847-8, del banco Santander.

Se verificaron contrataciones. directas sin la debida fundamentación que dé cuenta de la procedencia de esa modalidad excepcional de...

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