Informe final 345-16 Municipalidad de diego de almagro fondos de la catástrofe del norte - agosto 2016 - Doctrina Administrativa - VLEX 840024871

Informe final 345-16 Municipalidad de diego de almagro fondos de la catástrofe del norte - agosto 2016

Fecha25 Agosto 2016
Número de informe345/2016
EmisorRegional Atacama

OBJETIVO

La auditoría consistió en practicar un examen de cuentas y verificar la correcta recepción, ejecución y rendición de los recursos transferidos por la Subsecretaría de Desarrollo Regional y Administrativo SUBDERE a la Municipalidad de Diego de
Almagro, relacionados con la catástrofe de la Región de Atacama, durante el año 2015.
Asimismo, validar el cumplimiento de la ley N° 20.730, que Regula el Lobby y las Gestiones que Representen Intereses Particulares ante las Autoridades y Funcionarios de la Administración del Estado y su reglamento, el decreto N° 71 de 2014, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, en el período comprendido entre el 1 de julio 2015 y el 31 de diciembre de igual año.

CONCLUSIONES

Se detectaron diferencias en las conciliaciones bancarias correspondientes a las cuentas corrientes N° 11709000341 y 11709000359, ambas del Banco Estado, y que registran "Giros del banco no contabilizados" en el mes de febrero de 2016, por el monto de $ 1.473.089 y $ 2.142.640, respectivamente, las cuales no se encontraban respaldadas con antecedentes que permitieran justificar su origen, por lo que la municipalidad deberá remitir en un plazo no superior a 60 días hábiles los documentos que acrediten la procedencia de las partidas objetadas, vencido el cual sin que se haya aclarado o bien la aclaración sea insuficiente, esta Contraloría Regional ponderará adoptar las medidas que en derecho correspondan, antecedentes que serán verificados en la etapa de seguimiento del presente informe final.

Se advirtió la falta de un procedimiento de control que permita asegurar la revisión de los reportes que acreditan los trabajos efectuados por las empresas contratadas, por parte de la Unidad de Control Interno, de los contratos a suma alzada suscritos por la Municipalidad de Diego de Almagro con empresas y/o proveedores, la entidad edilicia deberá remitir los antecedentes que acrediten la implementación de un procedimiento de control para efectuar supervisión en la revisión de los reportes de trabajo por parte de la Unidad de Control Interno, en un plazo no superior a 60 días hábiles, lo que será
verificado en la etapa de seguimiento del presente informe.

Se verificó que las rendiciones de cuentas son efectuadas en forma extemporánea, por lo que el municipio deberá arbitrar las medidas conducentes para que, a futuro, se dé estricto cumplimiento a la normativa atingente a dicha materia, lo que será revisado en una próxima visita inspectiva.

Se...

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