Informe final 336-23 Municipalidad de san ramón-auditoría al proceso de rectificación de subvenciones sep y faep,-octubre 2023 - Doctrina Administrativa - VLEX 953722080

Informe final 336-23 Municipalidad de san ramón-auditoría al proceso de rectificación de subvenciones sep y faep,-octubre 2023

Fecha17 Octubre 2023
Número de informe336/2023
EmisorII Contraloría Regional Metropolitana de Santiago

OBJETIVO

La fiscalización tiene por objeto efectuar una auditoría y examen de cuentas a los recursos asociados a los procesos de rectificaciones realizados por la Dirección de Educación Municipal, de la Municipalidad de San Ramón ante la Superintendencia de Educación con el propósito de evaluar la completitud y exactitud de las rendiciones de cuentas, específicamente en las subvenciones de educación, esto es, Subvención Escolar Preferencial -SEP- y Fondo de Apoyo a la Educación Pública -FAEP-. Todo lo anterior, durante el periodo comprendido entre el 1 de enero de 2019 al 30 de septiembre de 2022.

CONCLUSIONES

Esta Contraloría Regional, en virtud del objetivo de la auditoría, efectuó un análisis respecto al proceso de rectificación de gastos efectuado por la entidad municipal auditada ante la Superintendencia de Educación, procedimiento que implica agregar nuevos gastos no rendidos en su oportunidad o realizar una nueva reimputación o modificación de los desembolsos rendidos, determinándose lo siguiente:

• Se constató que, al año 2021, las rectificaciones hechas por la Municipalidad de San Ramón en la plataforma web disponibilizada por la citada Superintendencia de Educación sobre las subvenciones SEP y FAEP, significó disminuir los saldos sin acreditar que mantenía la entidad edilicia, por un monto de $8.180.714.532, quedando un saldo pendiente por este concepto, por la suma de $5.180.240.954.

• Del examen practicado a la muestra de gastos rectificados con cargo a la subvención FAEP, se determinó, el pago de partidas no ejecutadas respecto del contrato de la licitación pública ID 438-35-LR19, por la suma de $36.798.077, relativas a obras de reparación y mejoramiento en los establecimientos educacionales de la comuna. Al efecto, de acuerdo con lo informado por 5 directores de colegios, cuyo detalle se expone en el anexo N°14, de este informe, no se realizaron las citadas obras, no obstante, se constató que en el estado de pago N°3, firmado por el ITO del contrato, este indica que los trabajos se encontraban con un 100% de avance. En consecuencia, esa municipalidad deberá efectuar un análisis técnico financiero sobre las obras de mejoramiento no realizadas e informar los resultados a este Organismo de Control junto con las medidas que adoptará, lo anterior, en el plazo de 30 días hábiles, contado desde la recepción del presente informe.

En el caso que lo requerido no se concrete, este Organismo Fiscalizador procederá a formular el reparo pertinente por la...

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