INFORME FINAL 29 - 14 DEPARTAMENTO DE EDUCACIÓN MUNICIPAL DE LITUECHE PROGRAMA DE INTEGRACIÓN ESCOLAR - SEPTIEMBRE 2014 - Doctrina Administrativa - VLEX 565134610

INFORME FINAL 29 - 14 DEPARTAMENTO DE EDUCACIÓN MUNICIPAL DE LITUECHE PROGRAMA DE INTEGRACIÓN ESCOLAR - SEPTIEMBRE 2014

Fecha de Resolución 8 de Septiembre de 2014
EmisorRegional Lib. Bernardo O'Higgins
ServicioDEPARTAMENTO DE EDUCACION LITUECHE
Número de informe29/2014
SectorMunicipios y Corporaciones de la Región
Tipo de informeInforme Final de Auditoría
NivelRegional

La Municipalidad de Litueche ha aportado antecedentes e iniciado acciones que han permitido subsanar la observación consignada en el en el acápite I. “Aspectos de Control Interno” numeral 4, Conciliaciones bancarias y saldos de arrastre, letra a), sobre cheques caducados. Respecto de aquellas observaciones que se mantienen, se deberán adoptar medidas con el objeto de dar estricto cumplimiento a las normas legales y reglamentarias que rigen la materia en examen, entre ellas:

  1. Sobre lo observado en el acápite I. “Aspectos de Control Interno”, numeral 1, Falta de manuales de procedimientos, letras a) y b), sobre la falta de un manual que describa el proceso efectuado por la entidad para el manejo y ejecución de los recursos provenientes del convenio del Programa de Integración Escolar, y la falta de un manual de adquisiciones de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 4° del decreto N°250, de 2004, del Ministerio de Hacienda, respectivamente, esa municipalidad deberá acreditar la elaboración y aprobación de los citados manuales, y dar cuenta de aquello a esta Entidad de Control en el término de 60 días hábiles a contar de la recepción de este informe, sin perjuicio de su verificación en una futura actividad de seguimiento.

  2. En relación con lo advertido en el acápite I. “Aspectos de Control Interno”, numeral 2, Falta de registro de inventario, esa entidad deberá regularizar el inventario de bienes adquiridos con cargo al PIE, acreditándolo ante esta Contraloría Regional en el término de 60 días hábiles contados desde la recepción de este informe, lo que será verificado en una futura acción de seguimiento.

  3. En lo concerniente a lo indicado en el acápite I. “Aspectos de Control Interno”, numeral 3, Ausencia de auditorías practicadas al Programa de Integración Escolar por parte de la Municipalidad de Litueche, esa corporación deberá considerar dentro de su planificación anual auditorías a los programas de transferencias, como el examinado, atendida su relevancia y el resultado de la presente auditoría, cuyo cumplimiento será materia de revisión en futuras fiscalizaciones.

  4. Referente a lo objetado en el acápite I. “Aspectos de Control Interno”, numeral 4, Conciliaciones bancarias y saldos de arrastre, letras b) y c), sobre diferencias contables no aclaradas, esa entidad edilicia deberá regularizar la información de las conciliaciones bancarias y saldos de arrastre, y dar cuenta de aquello a este Órgano de Control en el plazo de 60 días hábiles...

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