INFORME FINAL 29-13 DIRECCIÓN DE ARQUITECTURA AUDITRORÍA DE INVERSIÓN EN INFRAESTRUCTURA - DICIEMBRE 2013 - Doctrina Administrativa - VLEX 565136902

INFORME FINAL 29-13 DIRECCIÓN DE ARQUITECTURA AUDITRORÍA DE INVERSIÓN EN INFRAESTRUCTURA - DICIEMBRE 2013

Fecha de Resolución 9 de Diciembre de 2013
EmisorRegional Atacama
ServicioDIRECCION REGIONAL DE ARQUITECTURA ATACAMA
Número de informe29/2013
SectorServicios Regionales
Tipo de informeInforme Final de Auditoría
NivelRegional

Atendidas las consideraciones expuestas durante el desarrollo del presente trabajo, la Dirección de Arquitectura ha aportado antecedentes e iniciado acciones que han permitido salvar parte de las situaciones planteadas en el Preinforme de Observaciones N° 29, del año 2013. Respecto de aquellas observaciones que se mantienen, se deberán adoptar medidas con el objeto de dar estricto cumplimiento a las normas legales y reglamentarias que las rigen, entre las cuales se estima necesario considerar, a lo menos, las siguientes:

  1. Contrato: Ampliación Liceo Manuel Magalhaes, comuna de Diego de Almagro 1. En cuanto a la observación contenida en el acápite control interno, numeral 1.1, sobre inconsistencias relacionadas a la fecha real de entrega de terreno, este Órgano Contralor ha resuelto mantener lo observado, debiendo el servicio incoar un sumario administrativo a fin de determinar las eventuales responsabilidades de los hecho expuestos, debiendo remitir en un plazo no superior a 15 días, copia de la resolución que lo instruya, a la Unidad de Seguimiento de Sumarios de la Contraloría General de la República.:

  2. En lo que concierne a la observación contenida en el acápite control interno, numeral 1.2, sobre profesional residente al señor Eduardo Campusano Cortés, quien no ha efectuado dicha función y el señor Héctor Aguilar González, quien no se ha desempeñado de manera exclusiva a la obra en comento, este Organismo Contralor ha resuelto mantener la observación formulada, debiendo dicho servicio velar, en lo sucesivo, por el cumplimiento de la normativa que rige las obras públicas en cuanto a la asignación del Profesional Residente, materia que será considerada en una próxima visita inspectiva.:

  3. Ante las observaciones contenidas en el acápite control interno, numeral 1.3, donde se constataron diferencias en cuanto a la cantidad de mano de obra ofertada versus la ocupada en faena es dable informar que los argumentos expresados por el servicio no resultan atendibles para dar por subsanada la observación, toda vez que la entidad no proporciona antecedentes que sustenten la contratación final de la mano de obra, motivo por el cual dicho servicio deberá informar a esta Contraloría Regional, en un plazo no mayor a 60 días contados desde la recepción del presente Informe Final, el cobro de las multas pendientes o la regularización de la mano de obra comprometida.:

    Contrato: Reposición Hogar de Niños Servicio Nacional de Menores, SENAME, Copiapó 4. En...

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