INFORME FINAL 28-11 MUNICIPALIDAD DE CABO DE HORNOS AUDITORÍA A LA LEY DE SUBVENCIÓN ESCOLAR PREFERENCIAL - OCTUBRE 2011
Fecha de Resolución | 27 de Octubre de 2011 |
Emisor | Regional Magallanes |
Servicio | MUNICIPALIDAD DE CABO DE HORNOS |
Número de informe | 28/2011 |
Sector | Municipios y Corporaciones de la Región |
Tipo de informe | Informe Final de Auditoría |
Nivel | Regional |
Atendidas las consideraciones expuestas durante el desarrollo del presente trabajo, corresponde concluir que las medidas implementadas por esa entidad han permitido salvar las observaciones incluidas en los acápites:
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Respecto de las actas de entrega de bienes y servicios, contenidas en el numeral IV, Aplicación de los Fondos, N° 2 "Desembolsos insuficientemente acreditados", y 2. Lo concerniente a la preparación de las conciliaciones bancarias indicadas en el numeral VI, Otros, N° 1. No obstante lo anterior, corresponde mantener las situaciones observadas que se indican a continuación:
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En cuanto a las observaciones descritas en el numeral II, Convenio de Igualdad de Oportunidades y Excelencia Educativa, respecto a la obligación de informar a los postulantes, padres y apoderados sobre el proyecto educativo y su reglamento interno, quienes deberán expresar su aceptación a aquellos por escrito, de acuerdo a lo indicado en la letra c) de la cláusula segunda de dicho convenio y la letra c) del artículo 6° de la ley N° 20.248 y en cuanto a cautelar que los docentes de aula presenten dentro de los primeros quince días del año escolar, una planificación anual de los contenidos curriculares, conforme a lo indicado en el artículo 7°, letra h), de la ley N° 20.248 y en la cláusula tercera, letra h), del aludido convenio, esa Municipalidad deberá disponer las acciones correctivas conducentes a regularizar las discrepancias observadas, informando su resultado a este Organismo de Control, al inicio del año escolar 2012.
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Tratándose de la observación referida al acápite III, Plan de Mejoramiento Educativo, N° 2 "Estado de avance del Plan de Mejoramiento Educativo y logro de metas impuestas", la Municipalidad deberá procurar el cumplimiento de las medidas señaladas, informando su resultado a este Organismo de Control, al inicio del año escolar 2012.
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Asimismo, respecto a que no existe una adecuada correlación entre el avance en la ejecución del plan de mejoramiento y la ejecución presupuestaria, de la Escuela de Puerto Toro, la Entidad Edilicia procurar durante el año 2012 una adecuada correlación entre las acciones del plan y la ejecución presupuestaria.:
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En relación a la contratación de personal de apoyo para la elaboración y ejecución del plan, observado en el acápite III, Plan de Mejoramiento Educativo, N° 3, la Municipalidad deberá dar inicio a una investigación sumaria a fin de esclarecer los hechos observados en el cuerpo del presente...
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