INFORME FINAL 19-2011 SERVICIO DE SALUD DE ATACAMA RECUPERACIÓN DE SUBSIDIOS - ABRIL 2012
Fecha de Resolución | 24 de Abril de 2011 |
Emisor | Regional Atacama |
Servicio | SERVICIO DE SALUD ATACAMA |
Número de informe | 19/2011 |
Sector | Servicios Regionales |
Tipo de informe | Informe Final de Auditoría |
Nivel | Regional |
Atendidas las consideraciones expuestas en el texto del presente informe, corresponde concluir que: Sobre Evaluación de Control Interno.
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Con respecto a que las Unidades de Auditoría Interna tanto al Servicio de Salud Atacama como a la entidad hospitalaria no ha efectuado auditorías relacionadas con la recuperación de subsidios por incapacidad laboral, se procede a levantar lo observado, sin perjuicio de ello, se sugiere que la citada Unidad realice controles deliberados sobre la materia examinada.:
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En relación a la aprobación formal del manual de procedimientos para efectuar la recuperación de subsidios por incapacidad laboral. se ha determinado levantar la observación formulada, toda vez que esta se aprobó a través de la resolución N°1006, de 20 de julio de 2011.
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En cuanto a las acciones de reintegro por licencias rechazadas y/o reducidas, se ha resuelto levantar la observación formulada en los casos relacionados con los señores Becerra Ruiz y Menas Sandoval. Sin perjuicio de ello, procede mantener los cuestionamientos efectuados en los casos pendientes de reintegro, lo cual deberá ser regularizado por el servicio.
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Sobre la ausencia de resoluciones de autorizaciones. reducciones o rechazos de las licencias médicas de los funcionarios del Servicio de Salud, se procede a mantener lo observado en tanto el Servicio de Salud no acredite que se han regularizado los casos objetados y evidencie la aplicación de medidas que permitan prevenir la ausencia de las citadas resoluciones.
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Respecto a la falta de constancia sobre la aprobación formal de las resoluciones para la aprobación de licencias médicas, la cual no fue subsanada, corresponde que ambas reparticiones públicas adopten las medidas necesarias para regularizar el hecho observado. Sobre examen de cuentas.
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En cuanto a la recaudación de licencias médicas pendientes del mes de octubre de 2010 por las sumas de $ 2.422.641 y $ 532.170 del Servicio de Salud y del Hospital San José del Carmen respectivamente y a la imposibilidad de verificar el cumplimiento del artículo 12 de la ley 18.196, se ha determinado mantener la observación, por lo que las entidades fiscalizadas deberán adoptar las medidas tendientes a mitigar la falta de controles, además de efectuar las acciones pertinentes para regularizar las sumas pendientes de recaudación.
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Las observaciones que dicen relación con fondos obtenidos por la recuperación de las licencias médicas que son utilizados para el pago de las deudas...
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