INFORME FINAL 18 - 14 DEPARTAMENTO DE EDUCACION DE LA MUNICIPALIDAD DE LINARES PROGRAMA DE INTEGRACION ESCOLAR - SEPTIEMBRE 2014
Fecha de Resolución | 4 de Septiembre de 2014 |
Emisor | Regional Maule |
Servicio | DEPARTAMENTO DE EDUCACION DE LINARES |
Número de informe | 18/2014 |
Sector | Municipios y Corporaciones de la Región |
Tipo de informe | Informe Final de Auditoría |
Nivel | Regional |
En mérito de la fiscalización efectuada, corresponde que la Municipalidad de Linares arbitre las siguientes medidas:
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Referente al punto 1, letra b), del capítulo I, sobre conciliación bancaria, le corresponderá al alcalde fortalecer sus mecanismos de control, a fin de propender a que las conciliaciones bancarias cuenten con las instancias de confección y/o revisión, las cuales tienen por fin verificar la correcta elaboración de dicha herramienta de control. En relación a la letra c) del mismo punto, relativo a cheques girados y no cobrados, la municipalidad deberá adoptar las medidas necesarias con el objeto de realizar los ajustes contables por los documentos señalados en el cuerpo del presente informe final, y en lo sucesivo dar estricto cumplimiento a lo establecido en el procedimiento K-03 del oficio CGR N° 36.640, de 2007, sobre Procedimientos Contables para el Sector Municipal. Del mismo modo, y en cuanto a lo indicado en la letra d), concernirá al alcalde realizar los análisis y ajustes si correspondiere, para verificar la igualdad entre las anotaciones contables y las constancias que surgen de los resúmenes bancarios para restablecer el orden financiero y administrativo de sus recursos manteniendo la información de respaldo respectiva, aspecto que se validará en la fase de seguimiento pertinente.
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Sobre el punto 2, del capítulo I, información de los recursos ejecutados PIE, la máxima autoridad comunal deberá adoptar las medidas tendientes a fortalecer los mecanismos de control respecto de la integridad, oportunidad y veracidad de la información proporcionada a este Organismo de Control, con el objeto de evitar situaciones como la acontecida en la especie, hecho que será revisado en futuras fiscalizaciones.
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En lo relativo al capítulo I, numeral 3, se recomienda que la señalada Dirección de Control Interno, incluya en sus futuros planes y fiscalizaciones, a los recursos transferidos por la Secretaría Regional Ministerial de Educación, Región del Maule a la Municipalidad de Linares, considerando el volumen de los fondos públicos involucrados y su incidencia social.
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Con respecto a los numerales 4, plan de organización, letras a) y b), y 5 procedimientos y métodos, ambos del capítulo I, el alcalde deberá implementar las acciones necesarias con el propósito de confeccionar y aprobar el reglamento de organización interna, la estructura organizacional y los procedimientos atingentes a ese departamento de educación, lo que se verificará en la próximas auditorías.
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A raíz de lo señalado en el punto 1.2, del capítulo II, sobre registro y depósito, la autoridad municipal deberá aclarar la diferencia producida en los meses observados, así como también fortalecer sus mecanismos de control en cuanto a las visaciones y/o autorizaciones por parte de las jefaturas, situación que será comprobada en la etapa de seguimiento.
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Respecto a lo expuesto en el numeral 1.3, del...
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