INFORME FINAL 18 - 14 DEPARTAMENTO DE EDUCACION DE LA MUNICIPALIDAD DE LINARES PROGRAMA DE INTEGRACION ESCOLAR - SEPTIEMBRE 2014 - Doctrina Administrativa - VLEX 565134530

INFORME FINAL 18 - 14 DEPARTAMENTO DE EDUCACION DE LA MUNICIPALIDAD DE LINARES PROGRAMA DE INTEGRACION ESCOLAR - SEPTIEMBRE 2014

Fecha de Resolución 4 de Septiembre de 2014
EmisorRegional Maule
ServicioDEPARTAMENTO DE EDUCACION DE LINARES
Número de informe18/2014
SectorMunicipios y Corporaciones de la Región
Tipo de informeInforme Final de Auditoría
NivelRegional

En mérito de la fiscalización efectuada, corresponde que la Municipalidad de Linares arbitre las siguientes medidas:

  1. Referente al punto 1, letra b), del capítulo I, sobre conciliación bancaria, le corresponderá al alcalde fortalecer sus mecanismos de control, a fin de propender a que las conciliaciones bancarias cuenten con las instancias de confección y/o revisión, las cuales tienen por fin verificar la correcta elaboración de dicha herramienta de control. En relación a la letra c) del mismo punto, relativo a cheques girados y no cobrados, la municipalidad deberá adoptar las medidas necesarias con el objeto de realizar los ajustes contables por los documentos señalados en el cuerpo del presente informe final, y en lo sucesivo dar estricto cumplimiento a lo establecido en el procedimiento K-03 del oficio CGR N° 36.640, de 2007, sobre Procedimientos Contables para el Sector Municipal. Del mismo modo, y en cuanto a lo indicado en la letra d), concernirá al alcalde realizar los análisis y ajustes si correspondiere, para verificar la igualdad entre las anotaciones contables y las constancias que surgen de los resúmenes bancarios para restablecer el orden financiero y administrativo de sus recursos manteniendo la información de respaldo respectiva, aspecto que se validará en la fase de seguimiento pertinente.

  2. Sobre el punto 2, del capítulo I, información de los recursos ejecutados PIE, la máxima autoridad comunal deberá adoptar las medidas tendientes a fortalecer los mecanismos de control respecto de la integridad, oportunidad y veracidad de la información proporcionada a este Organismo de Control, con el objeto de evitar situaciones como la acontecida en la especie, hecho que será revisado en futuras fiscalizaciones.

  3. En lo relativo al capítulo I, numeral 3, se recomienda que la señalada Dirección de Control Interno, incluya en sus futuros planes y fiscalizaciones, a los recursos transferidos por la Secretaría Regional Ministerial de Educación, Región del Maule a la Municipalidad de Linares, considerando el volumen de los fondos públicos involucrados y su incidencia social.

  4. Con respecto a los numerales 4, plan de organización, letras a) y b), y 5 procedimientos y métodos, ambos del capítulo I, el alcalde deberá implementar las acciones necesarias con el propósito de confeccionar y aprobar el reglamento de organización interna, la estructura organizacional y los procedimientos atingentes a ese departamento de educación, lo que se verificará en la próximas auditorías.

  5. A raíz de lo señalado en el punto 1.2, del capítulo II, sobre registro y depósito, la autoridad municipal deberá aclarar la diferencia producida en los meses observados, así como también fortalecer sus mecanismos de control en cuanto a las visaciones y/o autorizaciones por parte de las jefaturas, situación que será comprobada en la etapa de seguimiento.

  6. Respecto a lo expuesto en el numeral 1.3, del...

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