Informe final 162-23 hospital de palena auditoría a procedimientos recepcion custodia y entrega de medicamentos - junio 2023 - Doctrina Administrativa - VLEX 939777271

Informe final 162-23 hospital de palena auditoría a procedimientos recepcion custodia y entrega de medicamentos - junio 2023

Número de informe162/2023
Fecha13 Junio 2023
EmisorRegional Los Lagos

OBJETIVO

Verificar los procedimientos de recepción, custodia, y entrega de medicamentos realizados por el Hospital Palena, durante el periodo comprendido entre el 1 de enero de 2021 y el 31 de diciembre de 2022, además del cumplimiento de las disposiciones legales que los regulan.

CONCLUSIONES

Se corroboró que, en los años 2021 y 2022, el Hospital de Palena registró en el sistema Rayen el despacho de 6 medicamentos a 2 pacientes, en una data posterior a su fallecimiento, situación que no se ajusta a lo dispuesto en el artículo 12 de la ley N° 20.584 que “Regula los Derechos y Deberes que tienen las Personas en relación con Acciones Vinculadas a su Atención en Salud”.

Por lo expuesto la entidad por una parte, deberá implementar una actividad de control, con el fin de evitar el registro extemporáneo de la información en las fichas clínicas, conforme a lo previsto en el artículo 5° de la resolución exenta N° 1.962, de 2022, de este origen, lo que tendrá que informar en el plazo de 60 días hábiles contado desde la recepción del presente documento a través del Sistema de Seguimiento y Apoyo CGR; y, por otra, en coordinación con el SSDR, se instruya un procedimiento disciplinario a fin de determinar eventuales responsabilidades administrativas en los hechos antes reseñados, enviando el acto administrativo a la Unidad de Seguimiento de Fiscalía de la Contraloría General de la República, en el plazo de 15 días hábiles contado desde la recepción del presente informe.

• Se determinó un faltante de 4 unidades de “Ketamina 500 mg / 10 ml.”, en el inventario realizado a los medicamentos controlados y estupefacientes, lo dispuesto en el artículo 24, letra c) del referido decreto N° 466, de 1984, del Ministerio de Salud, así como lo dispuesto por la Norma General Técnica N° 12, Sobre Organización y

Funcionamiento de la Atención Farmacéutica en la Atención Primaria, aprobada por resolución exenta N° 1.089, de 1995, del Ministerio de Salud, por lo cual corresponde que, en coordinación con el SSDR, se incorpore esta materia en el proceso sumarial anteriormente solicitado.

Asimismo, respecto al protocolo de complemento para el manejo de medicamentos controlados, el cual será elaborado en coordinación con el SSDR, corresponde se remita el citado documento debidamente aprobado, ello en el plazo de 60 días hábiles a contar de la fecha de recepción del presente documento a través del Sistema de Seguimiento y Apoyo CGR.

• Se comprobó la errónea forma de aplicación del manual...

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