INFORME FINAL 155-11 JUNTA NACIONAL DE AUXILIO ESCOLAR Y BECAS PROGRAMA TARJETA NACIONAL DEL ESTUDIANTE - NOVIEMBRE 2011
Fecha de Resolución | 2 de Noviembre de 2011 |
Emisor | Auditoría Administrativa |
Servicio | JUNTA NACIONAL DE AUXILIO ESCOLAR Y BECAS |
Número de informe | 155/2011 |
Tipo de informe | Informe Final de Auditoría |
Nivel | Central |
La JUNAEB, ha aportado antecedentes y tomado medidas tendientes a corregir en parte, algunas de las observaciones planteadas en el Preinforme de Observaciones. Sin embargo, se mantienen aquellas respecto de las cuales se deben realizar acciones a fin de dar cabal cumplimiento a las disposiciones legales y reglamentarias que las norman, a saber:
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El Servicio deberá efectuar controles deliberados, en orden a verificar el cumplimiento de las obligaciones laborales y previsionales por parte de los proveedores, de conformidad a lo dispuesto en el articulo 183-b, del Código del Trabajo.
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En relación con el control de los informes de monitoreo. la autoridad deberá disponer las medidas tendientes a exigir a los proveedores, los respaldos de la documentación sustentatoria de los pagos en los términos y condiciones establecidos por la JUNAEB, de acuerdo a los instructivos existentes. En este orden, cuando el respaldo del pago importe la entrega de discos compactos, deberá asegurar su integridad con el fin de facilitar el análisis y las comprobaciones por parte del Servicio.
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Procede que establezca los protocolos formales para la recepción de tarjetas devueltas, tanto por las Unidades Regionales como por los proveedores y/o establecimientos educacionales, incluyendo la fecha de recepción, el motivo por el cual se envía y el estado en que se encuentra, además de la fecha de caducidad.
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La autoridad deberá implementar controles, que permitan asegurar la comunicación e inspección de las oficinas de atención de usuarios.
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Cautelar la correcta ejecución del presupuesto asignado, previendo generar las obligaciones con terceros acorde con la disponibilidad de recursos.
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Remitir de manera oportuna y acorde con las normas establecidos, los contratos que según montos y materia deban ser sometidos al trámite de toma de razón, acatando lo señalado en la resolución N° 1.600, de 2008, de esta Contraloría General.
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Implementar- cruces de información con las bases de datos gestionadas tanto por el Ministerio de Educación como por el Servicio de Impuestos Internos, a fin de verificar que los beneficiarios de la Tarjeta Nacional Estudiantil, cumplan con la calidad de alumno regular y sus datos sean veraces. En este orden, corresponde que aclare y depure la información de los casos en cuestionamiento. Además, en lo sucesivo deberá ejercer un control riguroso de modo que los alumnos extranjeros, cumplan los requisitos del programa.:
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Establecer en los...
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