INFORME FINAL 14-11 GOBIERNO REGIONAL DE LA ARAUCANÍA AUDITORÍA AL PROGRAMA DE INFRAESTRUCTURA RURAL PARA EL DESARROLLO TERRITORIAL, PTMO BIRF N° 7.269-CH - MAYO 2011 - Doctrina Administrativa - VLEX 565322842

INFORME FINAL 14-11 GOBIERNO REGIONAL DE LA ARAUCANÍA AUDITORÍA AL PROGRAMA DE INFRAESTRUCTURA RURAL PARA EL DESARROLLO TERRITORIAL, PTMO BIRF N° 7.269-CH - MAYO 2011

Fecha de Resolución12 de Mayo de 2011
EmisorRegional Araucanía
ServicioGOBIERNO REGIONAL ARAUCANIA
Número de informe14/2011
Tipo de informeInforme Final de Auditoría
NivelRegional

En mérito de lo expuesto en el presente informe, corresponde concluir que:

  1. La Subsecretaria de Desarrollo Regional y Administrativo, no mantiene información actualizada respecto de los pagos realizados con cargo al Programa de Infraestructura Rural para el Desarrollo Territorial, debiendo adoptar las medidas necesarias que permitan salvar esta situación.

  2. Los convenios mandatos suscritos por el Gobierno Regional de la Araucanía y la Dirección de Vialidad, se contraponen a lo dispuesto en las Bases Administrativas Generales sobre la aplicación complementaria del Reglamento para Contratos de Obras Públicas. decreto MOP N° 75, de 2 de febrero de 2004 , el cual establece que las garantías deberán ser remitidas a la Dirección de Contabilidad y Finanzas del Ministerio de Obras Públicas para su resguardo 3. Se constató que los contratos de ejecución de Obras aprobados por la Dirección de Vialidad de la Región de La Araucanía, disponen la presentación tanto de boletas bancarias como pólizas de seguro por el fiel cumplimiento del contrato, Situación que vulnera lo exigido en las Bases Administrativas Generales, aprobadas por la resolución N° 08 de 2007 , de la Subsecretaria de Desarrollo Regional y Administrativo. que dispone que la garantía de fiel cumplimiento de contrato consideran en boletas de garantía bancaria.:

    Asimismo. el punto 6.2 de las Bases Administrativa Especiales que forman parte del Reglamento Operativo del Programa establece que el monto de la garantía de fiel cumplimiento de contrato será el equivalente al 5% del precio del contrato, sin embargo. las Bases Administrativas Especiales de la licitación pública y sus respectivos contratos de ejecución de obras, elaboradas por la Dirección Regional de Vialidad, establecen que dicho requerimiento será el equivalente al 3% del precio del contrato. Conforme lo anterior, corresponde que la Dilección Regional de Vialidad regularice la situación de la especie y dé cumplimiento a Las Bases Administrativas. en el sentido de exigir la entrega de las Boletas de Garantía correspondientes y por los montos establecidos. 4 Se constató que el documento que garantiza el fiel cumplimiento de contrato correspondiente a la obra Conservación camino Faja Ricci código BIP N'' 30064605•0. no cubre el periodo de garantía establecido en las Bases Administrativas Especiales, debiendo el Servicio regularizar esta situación.

  3. El Gobierno Regional , a través de los funcionarios de la División de Anáalisis y...

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