Informe final 108-22 hospital doctor leonardo guzmán antofagasta sobre investigación especial irregularidades adquisición epp - abril 2023 - Doctrina Administrativa - VLEX 939777784

Informe final 108-22 hospital doctor leonardo guzmán antofagasta sobre investigación especial irregularidades adquisición epp - abril 2023

Número de informe108/2022
Fecha27 Abril 2023
EmisorRegional Antofagasta

OBJETIVO

La fiscalización tuvo por objetivo investigar eventuales irregularidades que habrían ocurrido en el Hospital Doctor Leonardo Guzmán de Antofagasta, en adelante HRA, en relación con la adquisición centralizada de elementos de protección personal -EPP- realizada en los meses de julio y agosto de 2021, asociada a 5 órdenes de compra por un monto total de $700.164.703, con la finalidad de distribuir aquellos elementos a la red asistencial de la región de Antofagasta.

CONCLUSIONES

1. Respecto de lo observado en el numeral 9, sobre gastos improcedentes y no acreditados (AC4), por la suma de

$17.314.500, este Organismo de Control enviará los antecedentes al Consejo de Defensa del Estado, para los fines que se estimen pertinentes.

2. Sobre lo consignado en el numeral 4, ausencia de suscripción de un convenio de colaboración entre el SSA y el HRA (C5),

considerando que el SSA en su respuesta informó que por medio de la resolución exenta N° 350, de 2022 -y sus posteriores Nos 661 y 2.360, de esa misma anualidad, que acompaña-, instruyó un sumario administrativo tendiente a investigar y esclarecer las responsabilidades administrativas de los funcionarios, tanto del HRA como de esa entidad, involucrados en las compras de EPP y almacenamiento en las dependencias del ex Hospital Regional de Antofagasta, esa entidad deberá remitir a control de juridicidad su resultado, de acuerdo con lo dispuesto en el citado artículo 11, N° 5, de la resolución N° 6, de 2019, de la Contraloría General de la República, que señala que los actos administrativos que, entre otros, resuelvan un proceso disciplinario incoado de oficio por el servicio, cuya instrucción haya sido confirmada por la Contraloría General -lo que ocurre en este informe final-, se encuentran afectos al trámite de toma de razón.

3. Respecto de las observaciones detalladas en los numerales 1, 2, 5, 6, 8.a), y 8.b), sobre la imposibilidad de distinguir

entre EPP comprados para la red asistencial de la región de Antofagasta y los adquiridos para uso interno del HRA; falta de supervisión por parte del Servicio de Salud Antofagasta en la compra de los bienes; falta de sustento en el estudio para la

adquisición de EPP por parte del HRA; debilidades en la coordinación de la determinación de la necesidad y en la distribución de EPP a la red asistencial de la región; falta demostración efectiva de la causal invocada en trato directo; y adquisición

de bienes a proveedor sin relación con el giro o actividad en el rubro...

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