Informe final 1.168-15, dirección general de obras públicas, sobre programa de concesiones de infraestructura hospitalaria, hospital de maipú y hospital de la florida octubre 2016. - Doctrina Administrativa - VLEX 840030856

Informe final 1.168-15, dirección general de obras públicas, sobre programa de concesiones de infraestructura hospitalaria, hospital de maipú y hospital de la florida octubre 2016.

Fecha30 Septiembre 2016
Número de informe1168/2016
EmisorInfraestructura y Regulación

OBJETIVO La fiscalización tuvo por objeto efectuar una auditoría a los serv1c1os de mantención de infraestructura y equipamiento industrial asociados al contrato "Programa de Concesiones de Infraestructura Hospitalaria, Hospital de Maipú y Hospital de La Florida", a cargo de la Coordinación de Concesiones de la Dirección General de Obras Públicas, en el período comprendido entre el 28 de mayo y el 3 de septiembre de 2015.

Lo anterior con la finalidad de verificar que el desarrollo de los aludidos servicios se haya ceñido a las disposiciones normativas y técnicas que resulten aplicables.
CONCLUSIONES Se constató que la División de Explotación de la Coordinación de Concesiones de la Dirección General de Obras Públicas no cuenta con un documento que describa sus funciones y/o sus procedimientos de control sobre materias relacionadas con las obras concesionadas en etapa de explotación. En ese sentido, se le requirió que en el plazo de 60 días hábiles remitiera el documento que describa las funciones y/o procedimientos de control de la unidad a cargo de las obras concesionadas en dicha etapa, debidamente sancionado o, en su defecto, del avance del levantamiento anunciado.

Se advirtió en visitas a terreno efectuadas a los citados hospitales, entre mayo y septiembre de 2015, la existencia de ciertas falencias en las condiciones funcionales y físicas de la infraestructura, instalaciones y equipamiento industrial de los referidos hospitales concesionados.
Ahora bien, sin perjuicio que algunas situaciones fueron subsanadas e informadas en su respuesta al preinforme de observaciones, esto igualmente denota una desatención por parte de la inspección fiscal de explotación de sus obligaciones contenidas en el artículo 1.8.1 "De la inspección fiscal", letra e), de las bases de licitación, que establece que esta deberá fiscalizar el cumplimiento de los requerimientos del programa de mantención de la infraestructura y del equipamiento industrial. Además, se requirió a la entidad que acreditaran la corrección de las falencias no subsanadas.

De las diligencias practicadas, y en otro aspecto que no formó parte del objetivo de la auditoría, se advirtió que la inspección fiscal de explotación no representó a la concesionara que utilizara recursos del "fondo de reserva actividades no contempladas en el plan y en los programas anuales" por un monto de 9.188,6 UF, en actividades diferentes a ese propósito; que no haya acreditado que los saldos de dichos fondo fueran
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