Informe final 1.047-17 corporación municipal de valparaíso para el desarrollo social sobre auditoría a los recursos de la ley n° 20.248, de subvención escolar preferencial - diciembre 2017
Fecha | 18 Diciembre 2017 |
Número de informe | 1047/2017 |
Emisor | Regional Valparaíso |
Efectuar una auditoría, a los recursos entregados por el MINEDUC y ejecutados por la CORMUVAL, en virtud de la ley N° 20.248, su reglamento y modificaciones, verificando el cumplimiento de las disposiciones legales y reglamentarias que rigen el ingreso, aplicación y rendición de los recursos involucrados, junto con comprobar la veracidad y fidelidad de las cuentas, la autenticidad de la documentación de respaldo y la exactitud de las operaciones aritméticas y de contabilidad, durante el período comprendido entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2016.
1°) Se constató que las labores contratadas con la empresa Gestión y Desarrollo C&M Asociados Ltda. por $100.000.000 durante los años 2015 y 2016, relacionadas con la ejecución de las Olimpiadas de invierno y primavera 2016, programas de vida sana y talleres deportivos, no fueron ejecutadas por esa empresa sino que por los propios trabajadores de la CORMUVAL, lo cual no se ajusta al artículo 2°, letra c), de la citada resolución N° 30, de 2015, e infringe el principio de legalidad del gasto, no obstante que dicha situación fue informada en su oportunidad a la Fiscalía Local de Valparaíso por parte de este Organismo de Control, corresponde remitir copia del presente informe final a la referida institución persecutora, dado que los antecedentes expuestos pueden revestir caracteres de delito.
2°) Se comprobó que la CORMUVAL rindió gastos con cargo a la SEP por honorarios de don José Luis Salomón Hurtado, por $13.733.333 durante el año 2016 y por $7.777.777 por el año 2015; y a Carlos Ortiz Cabrera, por $9.500.000; cuyas labores realizadas, no se encuentran debidamente acreditadas, incumpliendo con ello, el artículo 2°, letra c), de la resolución N° 30, de 2015. Además, desembolsó $1.239.098 y $1.241.017, a la Consultora Carlos Ortiz Cabrera, E.I.R,.L.; a don Luis Chandía Ruiz, por $22.000.008; y $18.000.000 a la empresa Chandía Ruiz Consultores Ltda., los cuales no se relacionan con materias del PME, vulnerando el artículo 6°, letra e), de la ley N° 20.248, por lo que esa corporación deberá corregir la rendición de cuentas presentada a la Superintendencia de Educación, descontando la cantidad total de $ 73.491.233, como también, restituir la suma anotada a las disponibilidades de la subvención escolar preferencial y a los saldos contables respectivos, sin perjuicio, que esta Sede Regional remitirá tales antecedentes al Consejo de Defensa del Estado, CDE, para las acciones que estime...
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba