Informe final 1.047-17 corporación municipal de valparaíso para el desarrollo social sobre auditoría a los recursos de la ley n° 20.248, de subvención escolar preferencial - diciembre 2017 - Doctrina Administrativa - VLEX 840030624

Informe final 1.047-17 corporación municipal de valparaíso para el desarrollo social sobre auditoría a los recursos de la ley n° 20.248, de subvención escolar preferencial - diciembre 2017

Fecha18 Diciembre 2017
Número de informe1047/2017
EmisorRegional Valparaíso

OBJETIVO

Efectuar una auditoría, a los recursos entregados por el MINEDUC y ejecutados por la CORMUVAL, en virtud de la ley N° 20.248, su reglamento y modificaciones, verificando el cumplimiento de las disposiciones legales y reglamentarias que rigen el ingreso, aplicación y rendición de los recursos involucrados, junto con comprobar la veracidad y fidelidad de las cuentas, la autenticidad de la documentación de respaldo y la exactitud de las operaciones aritméticas y de contabilidad, durante el período comprendido entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2016.

CONCLUSIONES

1°) Se constató que las labores contratadas con la empresa Gestión y Desarrollo C&M Asociados Ltda. por $100.000.000 durante los años 2015 y 2016, relacionadas con la ejecución de las Olimpiadas de invierno y primavera 2016, programas de vida sana y talleres deportivos, no fueron ejecutadas por esa empresa sino que por los propios trabajadores de la CORMUVAL, lo cual no se ajusta al artículo , letra c), de la citada resolución N° 30, de 2015, e infringe el principio de legalidad del gasto, no obstante que dicha situación fue informada en su oportunidad a la Fiscalía Local de Valparaíso por parte de este Organismo de Control, corresponde remitir copia del presente informe final a la referida institución persecutora, dado que los antecedentes expuestos pueden revestir caracteres de delito.

2°) Se comprobó que la CORMUVAL rindió gastos con cargo a la SEP por honorarios de don José Luis Salomón Hurtado, por $13.733.333 durante el año 2016 y por $7.777.777 por el año 2015; y a Carlos Ortiz Cabrera, por $9.500.000; cuyas labores realizadas, no se encuentran debidamente acreditadas, incumpliendo con ello, el artículo , letra c), de la resolución N° 30, de 2015. Además, desembolsó $1.239.098 y $1.241.017, a la Consultora Carlos Ortiz Cabrera, E.I.R,.L.; a don Luis Chandía Ruiz, por $22.000.008; y $18.000.000 a la empresa Chandía Ruiz Consultores Ltda., los cuales no se relacionan con materias del PME, vulnerando el artículo , letra e), de la ley N° 20.248, por lo que esa corporación deberá corregir la rendición de cuentas presentada a la Superintendencia de Educación, descontando la cantidad total de $ 73.491.233, como también, restituir la suma anotada a las disponibilidades de la subvención escolar preferencial y a los saldos contables respectivos, sin perjuicio, que esta Sede Regional remitirá tales antecedentes al Consejo de Defensa del Estado, CDE, para las acciones que estime...

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