Informe de Comisión de Trabajo - Núm. 98, Agosto 2021 - Manual ejecutivo laboral - Libros y Revistas - VLEX 895920522

Informe de Comisión de Trabajo

AutorRicardo Garrido C.
Páginas57-165
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MODERNIZACIÓN DE LA DIRECCIÓN DEL TRABAJO
1.4. Informe de Comisión de Trabajo
Cámara de Diputados. Fecha 27 de octubre, 2020. Informe de Comisión de Trabajo
en Sesión 94. Legislatura 368.
BOLETIN N° 12.827-13-1
INFORME DE LA COMISIÓN DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL, RECAÍDO EN EL
PROYECTO DE LEY SOBRE MODERNIZACION DE LA DIRECCION DEL TRABAJO.
________________________________________________________________
HONORABLE CÁMARA:
Vuestra Comisión de Trabajo y Seguridad Social pasa a informar, en primer trámite
reglamentario, sobre el proyecto de ley del epígrafe, en primer trámite constitucional,
iniciado en Mensaje de S.E. el Presidente de la República, contenido en el Boletín
N° 12.827-13, con urgencia calicada de “SUMA”.
A las sesiones que la Comisión destinó al estudio de la referida iniciativa legal asistieron
el ex Ministro del Trabajo y Previsión Social, don Nicolás Monckeberg Díaz; el señor
Subsecretario del Trabajo, don Fernando Arab Verdugo; la señora Lilia Jerez Arévalo,
Directora del Trabajo; el señor Mauricio Peñaloza Cifuentes, ex Director del Trabajo;
la señora Camila Jordán Lapostol, Directora (S) del Trabajo, y el Asesor de dicha
Cartera de Estado, don Francisco Del Río Correa;
I.- CONSTANCIAS REGLAMENTARIAS PREVIAS.
1.- Origen y urgencia.
La iniciativa tuvo su origen en Mensaje de S.E. el Presidente de la República, y se
encuentra con urgencia calicada de “suma”.
2.- Disposiciones calicadas como normas orgánicas constitucionales o de quórum
calicado.
En relación con esta materia, a juicio de vuestra Comisión, no existen en el proyecto
que se somete a consideración de la Sala normas que revistan el carácter de orgánicas
constitucionales, ni que requieran ser aprobadas con quórum calicado.
3.- Diputado Informante.
La Comisión designó al señor Melero, don Patricio, en tal calidad
II.- ANTECEDENTES GENERALES.
1.- Consideraciones preliminares.-
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MANUAL EJECUTIVO LABORAL
El proyecto en Informe, que había sido remitido a la Comisión de Hacienda, el 28
de agosto del año 2019, para que prosiguiera su tramitación, en conformidad a lo
dispuesto por el inciso segundo del artículo 190, en relación con lo preceptuado en
el artículo 188 del Reglamento de la Corporación, fue devuelto a esta Comisión en
virtud de un acuerdo adoptado por la Sala de la Corporación, con fecha 24 de octubre,
de aquel año, mediante un ocio del señor Secretario General de la Corporación por
el cual se le encomienda su estudio y discusión, en particular, para la emisión del
informe correspondiente.
Sostiene el Mensaje, que acompaña este proyecto de ley, que el programa del
actual gobierno considera la modernización institucional del Estado y la calidad de
la política y las instituciones republicanas y que esta iniciativa de modernización ha
de ser abordada desde una perspectiva amplia, asumiendo el desafío de mejorar la
gestión del Estado tanto en su funcionamiento interno como también en su servicio
a los ciudadanos.
A este respecto, agrega, es un principio rector de los órganos del Estado el actuar
eciente y coordinado y, por ende, el n es aprovechar al máximo los recursos públicos
con miras a mejorar el servicio que se entrega a los ciudadanos.
En este contexto, añade, las políticas y las instituciones públicas tienen la oportunidad
y a su vez el deber de perfeccionar la forma en la que otorgan servicios a sus usuarios,
especialmente, aprovechando el potencial de los avances de la globalización y las
nuevas tecnologías.
Un Estado más moderno y eciente, señala, es una herramienta que permite garantizar
a los ciudadanos un mejor acceso a la igualdad de oportunidades, además de generar
una mayor integración de todos en la sociedad, haciéndolos partícipes de una
institucionalidad sólida, transparente y siempre al servicio efectivo de los ciudadanos.
2.- La modernización institucional de la Dirección del Trabajo.
El Mensaje, asimismo, hace presente que este desafío de modernización, escalón
necesario en el camino al desarrollo, se hace especialmente urgente en aquellas
instituciones que prestan sus servicios en áreas de gran interés para la sociedad,
como es el caso de la institucionalidad laboral y de seguridad social.
Un mercado laboral moderno, como el que se propone en todas las iniciativas que
forman parte de la “Agenda de Modernización Laboral”, exige una institucionalidad
del Estado acorde a los nuevos tiempos.
En esta materia, destaca, existe un desafío importante respecto a la Dirección del
Trabajo. En efecto, su marco legal data del año 1967, en un contexto donde las
herramientas disponibles eran muy distintas a las actuales, lo que limitaba su campo
de acción, obligando a scalizar en terreno y dicultando la gestión de sus funcionarios.
La realidad actual es completamente distinta a la existente hace medio siglo y hoy
existen numerosas herramientas tecnológicas, técnicas y profesionales que, bien
utilizadas, facilitarían las labores de la institución, mejorarían su nivel de servicio y a
la vez, la calidad de vida de sus funcionarios y usuarios.
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MODERNIZACIÓN DE LA DIRECCIÓN DEL TRABAJO
Este proyecto, además, precisa, viene a actualizar el Servicio, en reconocimiento
del aumento en las competencias y facultades que han signicado las diversas
modicaciones legales en materia laboral, entre las que se destaca la ley N°20.087, del
año 2008, relativa a la protección de los derechos fundamentales de los trabajadores;
la ley N°20.760, que establece supuestos de multiplicidad de razones sociales
consideradas como un solo empleador, y sus efectos, publicada el año 2014, y la ley
N°20.940, del año 2016, que moderniza el sistema de relaciones laborales, la cual
establece la competencia de la Dirección del Trabajo para la calicación de servicios
mínimos y equipos de emergencia. Ello, considerando, además, las modicaciones
que en materia de modernización se proponen en la presente iniciativa.
Con todo, junto con reconocer el aumento de las competencias y facultades que ha
tenido el Servicio, se hace también necesario revisar cuáles de ellas realmente se
encuentran dentro su campo de acción, para así centrar adecuadamente sus esfuerzos
y permitir la participación de otros organismos e instituciones especialistas, ya sea
dentro o fuera de la Dirección del Trabajo cuando la complejidad o naturaleza técnica
de las materias así lo requieran.
Al respecto, expone que cabe tener en consideración que los esfuerzos de
modernización institucional del Servicio no son una iniciativa exclusiva de este
gobierno.
Ya entre los años 2010 y 2015 se desarrollaron trabajos de consultoría cuyo
objetivo era la mejora de los procesos de scalización institucionales. En efecto,
en informe de diciembre de 2015, una consultoría que evaluó la modernización
institucional del Servicio determinó como áreas de análisis crítico y con necesidad
de mejora, los procesos de scalización, conciliación y el impacto en la atención de
usuarios. Respecto a lo primero, a modo de ejemplo, se determinó que en la Región
Metropolitana el modelo de scalización reactiva se tradujo en una demora de 50,5
días promedio, y un promedio nacional de 21,9 días. En cuanto a la conciliación, el
promedio de espera en la Región Metropolitana llegó a los 27,1 días, y en el resto del
país a cerca de la mitad con 14 días. En cuanto a la atención de usuarios, el informe
señala expresamente que el “tiempo promedio de espera en la atención presencial
de usuarios es muy alto”, con un tiempo de espera de atención en ocinas de entre
45 y 73 minutos.
Lo anterior, reeja una realidad que exige una modernización en aras de mejorar
la eciencia y ecacia del Servicio. Para ello, expresa el Mensaje, los modelos
de fiscalización deben considerar un actuar proactivo, incorporando nuevas
herramientas tecnológicas que permitan actuar en forma más rápida y solícita ante
los incumplimientos. A ello además se debe incorporar una mejora en los procesos
internos del Servicio, incluyendo el fortalecimiento de sus funcionarios, a n de mejorar
las atenciones y disminuir los tiempos de espera que afectan la satisfacción de los
usuarios y, en último término, la mayor ecacia de la normativa laboral.
Otro punto a considerar es que el anhelo de modernización y actualización también
fue compartido por el gobierno anterior, el que presentó en el año 2017 un proyecto
de modernización y fortalecimiento de la Dirección del Trabajo, cuyos fundamentos
y objetivos se comparten en gran medida en la iniciativa legal que se somete a
consideración de esta H. Corporación (Boletín N° 11.430-13).

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